Destraban diputados ley vs tortura

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La Cámara de Diputados aprobó en lo general, con 417 votos a favor, la legislación que busca prevenir y sancionar la tortura, informó Reforma.

La votación unánime fue posible luego de que se realizaron correcciones al dictamen presentado en diciembre del año pasado por el Senado, el cual no tenía el aval de los partidos de izquierda.

En ese entonces, la minuta enviada por la Cámara alta había sido modificada por los diputados, por lo que el representante en México del Alto Comisionado de la ONU en Derechos Humanos, Jan Jarab, solicitó no aceptar conceptos que fueran un retroceso.

El nombre de la nueva reglamentación es Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles Inhumanos o Degradantes.

Debido a que hubo modificaciones, el proyecto de ley fue regresado al Senado.

En el dictamen, se repuso la disposición presentada por los senadores de que los superiores jerárquicos serán considerados autores del delito de tortura en términos de lo previsto en la legislación penal.

También se precisa que la investigación y persecución de los delitos de tortura por parte de las autoridades federales procederá cuando exista una sentencia o decisión de algún organismo internacional de protección de los derechos humanos o una resolución de un órgano previsto en tratados internacionales.

En dichas sentencias debe determinarse la responsabilidad del Estado mexicano por defecto u omisión en la investigación, persecución o enjuiciamiento de los delitos previstos.

Los servidores públicos que cometen el delito de tortura tendrán una pena de prisión de 10 a 20 años, además de 500 a mil días de multa.

Los particulares involucrados serán condenados a penas entre 6 y 12 años de cárcel, y de 300 a 600 días de multa.

Las penas pueden aumentar hasta en una mitad cuando las víctimas sean menores de edad, mujeres gestantes, personas con discapacidad, adultos mayores o haya agresión sexual.

El dictamen señala que el delito de tortura se investigará y perseguirá de oficio, por denuncia o vista de autoridad judicial.

El ejercicio de la acción penal y la sanción que se imponga judicialmente para el delito de tortura son imprescriptibles, de acuerdo con el dictamen.

Además, se estipula que no constituyen causas de exclusión del delito la obediencia a órdenes o instrucciones de un superior jerárquico, que dispongan autoricen o alienten la comisión de la tortura.

Se establece en el nuevo dictamen que las órdenes de los mandos de cometer el delito de tortura son manifiestamente ilícitas, y los subordinados tienen el deber de desobedecerlas y denunciarlas.

Tanto autoridades federales como las Fiscalías de los estados estarán obligadas a investigar los casos de tortura.

Se define que se comete el delito de tortura cuando el servidor público, con el fin de obtener información o una confesión con fines de investigación criminal, como medio intimidatorio, castigo personal, coacción y como medida preventiva, por razones basadas en discriminación o con cualquier otro fin, causa dolor o sufrimiento físico o psicológico a una persona.


Source: Mexico