VIDEO .Extradición en caso Sinaloa: proceso se mantiene en fase preliminar por falta de pruebas de urgencia.

En su primer día como Consejera Jurídica del Ejecutivo Federal, Luisa María Alcalde aclara el proceso de extradición en caso Sinaloa.

La discusión sobre la posible extradición en el caso Sinaloa ha generado confusión, por lo que autoridades federales precisaron el momento exacto del proceso. Actualmente, no existe una solicitud formal de extradición, sino una solicitud de detención provisional con fines de extradición presentada por la Fiscalía del Distrito Sur de Nueva York, figura jurídica distinta y sujeta a requisitos específicos establecidos en el tratado bilateral entre México y Estados Unidos.

De acuerdo con lo explicado, la solicitud formal de extradición regulada en el artículo 10 del tratado debe presentarse por vía diplomática e incluir elementos como la descripción del delito, relación de hechos, fundamentos legales, datos de prueba, orden de aprehensión y documentación traducida. En contraste, la detención provisional prevista en el artículo 11 se solicita únicamente en casos de urgencia, cuando existe riesgo de fuga o de obstaculización del proceso judicial.

En este caso, las autoridades mexicanas determinaron que la solicitud presentada no acredita dicha urgencia, ya que no se aportaron elementos probatorios suficientes que justifiquen la necesidad de una detención inmediata. Por ello, la Fiscalía emitió una opinión a la Secretaría de Relaciones Exteriores, señalando la necesidad de requerir información adicional al gobierno solicitante antes de proceder ante un juez.

El proceso se encuentra, por tanto, en una previa a cualquier determinación judicial. Será un juez de control quien, en caso de recibir los elementos necesarios, evalúe la procedencia de la detención provisional o de alguna otra medida cautelar. Mientras tanto, la solicitud permanece en análisis, a la espera de que se cumplan los requisitos legales que permitan avanzar hacia una posible extradición.

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