COLUMNA🎪🤸‍♀️ La gran maroma de Luisa María

El gran debut de Luisa María Alcalde en el frente jurídico del gobierno de Claudia Sheinbaum fue una oda a la impunidad y al poco interés del régimen de deslindarse del concepto del narco-gobierno que va poco a poco instalándose en el pensamiento colectivo de los mexicanos.

Lo que se presentó en la mañanera de ayer 4 de mayo pretendía ser una explicación técnica, casi pedagógica, sobre los mecanismos de extradición y del porqué no procedía la detención y entrega del grupo de 10 presuntos mafiosos enquistados en los poderes del Estado de Sinaloa.

Terminó siendo, en cambio, una exhibición de maniqueísmo político: una maroma cuidadosamente ejecutada para justificar lo injustificable sin romper del todo con el discurso de legalidad que la propia 4T dice enarbolar.

La secretaria se esmeró en trazar la diferencia entre una solicitud formal de extradición y una detención provisional con fines de extradición.

En el papel y seguramente sus pensamientos era inobjetable su punto: la primera exige una integración completa del expediente —delito, narrativa de hechos, sustento legal, orden de aprehensión certificada— mientras que la segunda responde a un criterio de urgencia, vinculado al riesgo de fuga o de obstrucción del proceso.

Un pequeño detalle se les escapó. Lo relevante más que explicar el procedimiento, era justificar por qué, teniendo la posibilidad de actuar con rapidez, el Estado mexicano decidió no hacerlo.

Ahí es donde la explicación empieza a hundirse. Según la versión oficial que se ha expedido a los cuatro vientos por parte de la Presidente Sheinbaum son escasos los elementos o al menos insuficientes para acreditar la urgencia y, por tanto, la detención provisional no se puede ejercer.

La Fiscalía, a solicitud de la Secretaría de Relaciones Exteriores, concluyó que hacía falta información adicional.

Todo dentro del marco legal, dicen. Pero el problema se le desborda a los términos teóricos de la norma, porque aquí existe una interpretación política.

¿En qué nos basamos? En que sin argumentos legales que obren en juzgados y sean avalados por el juzgador se ha llamado con todo tipo de calificativos a la oposición, desde hace ocho años que inicio la era de la 4T.

Si de verdad no había riesgo de sustracción o de obstaculización, ¿cómo se explica el contexto paralelo de blindajes, respaldos y cierres de filas en torno a personajes clave del oficialismo?

Es ahí donde la maroma alcanza su punto más alto. Mientras en el discurso se insiste en la falta de urgencia, en los hechos se despliega una narrativa de protección que contradice esa misma premisa.

El caso del gobernador con licencia Rubén Rocha Moya es ilustrativo: cuestionado, bajo la lupa internacional y, aun así, rodeado de una estructura política que lo arropa y parece anticipar escenarios de riesgo.

Lo que presentó Alcalde se aleja de una aclaración técnica, es una pieza discursiva diseñada para sostener una decisión previamente tomada.

El fondo del asunto opta por una ruta que, si bien es legalmente defendible, resulta políticamente conveniente. Y en ese terreno, el gobierno vuelve a mostrar una constante: la ley se interpreta con una flexibilidad notable cuando se trata de los propios.

La maroma esta en la capacidad de sostener dos narrativas al mismo tiempo sin que se rompan —al menos no del todo— frente a la opinión pública.

Por un lado, un discurso de apego irrestricto al derecho; por el otro, una práctica política que selecciona cuidadosamente cuándo y cómo aplicar ese mismo derecho. El resultado no es una ilegalidad flagrante, sino algo más sutil y, por ello, más efectivo: una legalidad administrada.

Hasta mañana.

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