Después de casi 23 años de prisión, Alfonso Martín del Campo Dodd fue liberado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al concederle un amparo por la tortura a la que lo sometió la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (PGJDF) para que se inculpara del asesinato de su hermana y su cuñado, crimen por el que fue condenado a 50 años de prisión.
La Primera Sala resolvió por cuatro votos a uno, la concesión del amparo “liso y llano” por violaciones al debido proceso, lo que en la práctica significa su liberación inmediata del penal de Pachuca, Hidalgo.
El voto minoritario fue el del ministro Mario Pardo Rebolledo, quien concedía el amparo pero sin entrar al fondo del asunto y para que se turnara a otro ministro.
Los otros cuatro integrantes de la Sala consideraron que quedó comprobada la tortura, por lo que su declaración inculpatoria y la sentencia quedaron sin efecto.
La tortura quedó establecida desde hace años por el Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria de la ONU, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF).
El caso de Alfonso Martín del Campo Dodd fue el primero en contra del Estado mexicano que trató la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Coidh), pero el tribunal interamericano no se pudo pronunciar porque el asunto llegó antes de que el Estado mexicano reconociera, en 1998, su jurisdicción.