La Subdirección de Transporte del Centro SCT Chihuahua impuso un total de 566 mil 060 pesos como sanción a cuatro empresas transportistas por llevar más peso del permitido en seis de sus camiones durante una revisión efectuada en el Operativo de Pesos y Dimensiones que se lleva a cabo en las carreteras de jurisdicción federal del estado.
Estas multas entran dentro de la modalidad de corresponsabilidad, o responsabilidad compartida, que sanciona por igual a empresas transportistas y a dueños de la mercancía, por lo que estos últimos deberán responder ante la autoridad federal pagando el mismo importe mencionado por incurrir en sobrepeso.
De esta manera, el monto total de las multas aplicadas en dicho operativo en el periodo del 13 de octubre al 24 de noviembre asciende a 1 millón 132 mil 120 pesos por no corresponder el peso real de vehículo y mercancía con lo manifestado por ambas partes, contratista-usuario, en el documento llamado carta de porte que deben presentar a petición de la autoridad federal que efectúa la revisión, en este caso la SCT.
La modalidad de responsabilidad compartida se aplica cuando el transportista y dueño de la mercancía comparten carro por entero, es decir cuando toda la carga de un vehículo pertenece a un solo dueño; en caso contrario, cuando la carga es consolidada, o sea que el transportista presta el servicio a varios clientes con el mismo vehículo al momento de la infracción, la responsabilidad del exceso de peso o de dimensiones será solo suya, y la multa correspondiente, también.
El artículo 10 del Reglamento sobre el Peso y Dimensiones y Capacidad de los Vehículos de Autotransporte que Transitan en los Caminos y Puentes de Jurisdicción Federal señala que “esta responsabilidad deberá pactarse en el contrato que se celebre entre el usuario y el transportista, y establecerse en la carta de porte. Para tal efecto, el usuario deberá declarar el peso de su carga en la carta de porte, y el autotransportista anexará a esta una constancia de peso y dimensiones en la que se indique la capacidad de carga útil del vehículo”.
Las condiciones en que se debe prestar el servicio federal de carga se contemplan también en la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, así como en la NOM-012-SCT-2-2014.
En el reporte donde se consignan las multas aplicadas, emitido por la Subdirección de Transporte del Centro SCT Chihuahua, cuyo titular es el Ing. Húber Lorenzo Corral, se informa que los módulos de inspección se ubican actualmente en 2 puntos carreteros, uno ubicado en el kilómetro 227+500 de la carretera Gómez Palacio-Jiménez y el otro en el Km 72 de la carretera Chihuahua-Juárez, donde se trabaja de forma alternada cada semana.
Con la revisión continua de los camiones que prestan servicio de transporte de carga en el ámbito federal, la SCT vigila que las unidades no rebasen el peso y dimensiones permitidas, contribuyendo con ello en gran manera a la seguridad de los conductores en general, así como a mantener en buen estado las carreteras.
Con este mismo propósito, una iniciativa presentada en días pasados por parte de expertos en la materia para controlar la circulación de los camiones con doble remolque, también conocidos como fulles, busca limitar la velocidad de estos a un máximo de 80 Km/h, la obligatoriedad de que los dollys cuenten con placas de circulación, y que estas unidades cuenten con un dispositivo de geolocalización.
También se recomendó instalar arcos de pesaje dinámico en los principales ejes carreteros, que permitan la verificación del peso y dimensiones de los camiones y que generen infracciones de manera electrónica, así como establecer operativos carreteros permanentes y tener videovigilancia en carreteras.
Todo lo anterior, como alternativa a la exigencia de algunos sectores que buscan retirar de circulación los camiones de doble remolque o fulles.