El Congreso del Estado ya no sería quien resolvería los problemas que presenten los límites entre los municipios y con reforma serán entre ellos mismos quienes lleguen a acuerdo para ser ratificado o en caso de no ser así hasta la instancia judicial.
Esto por reforma propuesta por el diputado, Pedro Villalobos Fragoso, a fin de derogar el último párrafo del artículo 12, así como adicionar un artículo 12 Bis, ambos del Código Municipal del Estado y que esto concuerde con la Ley de Límites Intermunicipales del Estado de Chihuahua. Lo anterior al tenor de la siguiente:
“Existen en el Estado una serie de antecedentes históricos de diversos ayuntamientos, que por sí o por medio de los Diputados del Distrito que los representa, han solicitado al Honorable Congreso del Estado la resolución de conflictos de límites entre dos o más municipios, como sucedió en el transcurso de la LIX Legislatura, entre los Municipios de Chihuahua, Aldama y Aquiles Serdán”, dijo el legislador.
Indicó que mediante reformas se acordó trasladar la función que tenía el Congreso del Estado para resolver los conflictos de carácter contencioso al Poder Judicial, puesto que en fecha 15 de octubre del año 2012, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación, una reforma a los artículos 46, 76 y 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, cuya esencia fue transferir la facultad exclusiva que tenía la Cámara de Senadores para solucionar conflictos de límites entre las entidades federativas, a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en virtud de que es dicha instancia la idónea para llevar a cabo tal actividad.
Es por esto que se consideró que es el Supremo Tribunal de Justicia del Estado quien debe conocer sobre conflictos de límites territoriales entre los municipios y dejar al Honorable Congreso del Estado la validación y sanción de los procedimientos de autocomposición; se adiciona ahora un artículo 12 Bis, ambos del Código Municipal del Estado, a efecto de quedar en los siguientes términos:
Artículo 12 Bis. Los conflictos relativos a límites territoriales que se susciten entre los ayuntamientos de dos o más municipios, podrán arreglarse por ellos de común acuerdo, y ratificados por el Congreso del Estado, en base al procedimiento establecido en la Ley de Límites Intermunicipales del Estado de Chihuahua.
En caso de que los municipios no lleguen a un acuerdo, o si así lo desean podrán seguir el procedimiento ante el Poder Judicial, en base a lo establecido en la Ley de Límites Intermunicipales del Estado de Chihuahua.