El Pleno camaral avaló con 361 votos a favor, 11 en contra y cero abstenciones, el dictamen que modifica diversas disposiciones del Código Civil Federal a fin de incrementar la edad mínima para contraer matrimonio, en ambos caso, a la mayoría de edad.
El documento enviado al Senado de la República para sus efectos constitucionales, establece que al momento de contraer matrimonio, los cónyuges asumen el compromiso de compartir un proyecto de vida en común, fundar un hogar, proveerse ayuda mutua, procurarse afecto y cuidado.
También, menciona que el escrito de solicitud para contraer matrimonio deberá ser acompañado del acta de nacimiento y una identificación oficial vigente de los contrayentes, que acredite su mayoría de edad, y que son impedimentos para dicha acción, la amenaza, la coerción y la violencia.
El matrimonio entre menores de edad viola los derechos humanos, independientemente de si la persona involucrada es un niño o una niña, pues estos se separan de la familia, amigos y de actividades comunitarias acorde a su edad.
Los 18 años de edad no constituyen garantía absoluta de éxito matrimonial, pero permite presuponer una mayor madurez de la pareja para afrontar la vida común, toda vez que se ha demostrado que los matrimonios de adolescentes frecuentemente terminan en el abandono de uno de ellos o en el divorcio.
La diputada Lilia Aguilar Gil (PT) mencionó que la reforma dejó como temas pendientes el eliminar las enfermedades crónicas e incurables como impedimento para contraer matrimonio. “Es muy grave que no modifiquemos el artículo 156 del Código Civil Federal, y más preocupante que todavía, desde el Estado, se quieran determinar las condiciones que debe tener una persona, un individuo para celebrar este contrato”.