En días pasados, en el Comité Directivo Estatal del Partido Revolucionario Institucional (PRI) se reunió la Comisión Estatal de Justicia Partidaria que preside el Lic. Mario De la Torre, con el objetivo de llevar a cabo en Sesión Extraordinaria el Pleno de esta comisión en mención, la aprobación de la Convocatoria Estatal para el otorgamiento de estímulos 2016, misma que hoy se hace pública.
La Comisión Estatal de Justicia Partidaria tiene como objetivo garantizar los principios de unidad partidaria, legalidad, certeza, imparcialidad y equidad en la aplicación de las normas contenidas en los Documentos Básicos, así como dictaminar el otorgamiento de estímulos a los militantes, cuadros y dirigentes.
Esta Comisión es el órgano responsable de recibir, por conducto de la Secretaría General de Acuerdos, las propuestas de militantes, cuadros y dirigentes que se hayan distinguido de modo prominente al servicio del Partido Revolucionario Institucional, a fin de que reciban los estímulos y reconocimientos que confieren nuestros Estatutos, consistentes en:
Presea “Saúl González Herrera”, al mérito militante. Es el máximo reconocimiento que el Partido entrega a las y los militantes, cuadros o dirigentes que se han distinguido por su trabajo partidario mostrando constancia, lealtad, disciplina, responsabilidad, solidaridad y honestidad;
Notas laudatorias, consiste en el reconocimiento a las tareas más distinguidas de militancia partidista;
Mención honorifica a las y los militantes por determinada tarea partidista, encomendada específicamente; y
Diplomas de reconocimiento, para militantes que no habiendo obtenido una presea merezcan también el reconocimiento público a su labor.
Las propuestas de los militantes, cuadros, dirigentes, Sectores y Organizaciones del Partido Revolucionario Institucional en Chihuahua deberán presentarse ante la Secretaría General de Acuerdos de la Comisión Estatal de Justicia Partidaria, observando los siguientes requisitos:
Por escrito, a partir de la publicación de la Convocatoria y hasta el 20 de febrero de 2017;
Expresar claramente y de manera breve, los motivos que sustenten el merecimiento;
Presentar la documentación que soporte la viabilidad de la propuesta; y
Ajustarse a los términos de la Convocatoria.
El nombre de la presea “Saúl González Herrera” para el mérito al militante se acordó por el Presidente de la Comisión Estatal de Justicia Partidaria y el Presidente del Comité Directivo Estatal y se ratificó en Pleno de la Comisión Estatal de Justicia Partidaria.
A continuación:
Se anexa la convocatoria
CONVOCATORIA PARA EL OTORGAMIENTO DE ESTIMULOS 2016 La Comisión Estatal de Justicia Partidaria, con base a lo dispuesto en el los artículos 1, 3, 64, 209, 210, 211 y 214 de los Estatutos del Partido Revolucionario Institucional, atendiendo también a los numerales 1, 4, 5, 6, 8, 10, 24, 104, 171 172, 173, 174, 175, 177, 178 y 179 del Código de Justicia Partidaria; y CONSIDERANDO 1°. Que la Comisión Estatal de Justicia Partidaria es un órgano colegiado encargado de impartir la Justicia Partidaria mediante el conocimiento y sustanciación de las controversias que se generen por la inobservancia a los Estatutos, Códigos, Reglamentos y demás normatividad que rigen la vida interna del Partido; así como, conocer y resolver de aquellos asuntos que, conforme a las disposiciones antes señaladas, sean de su competencia. 2°. Que la Comisión Estatal de Justicia Partidaria, en el ámbito de su competencia conocerá, sustanciará y resolverá los asuntos internos del Partido en materia de: i. Derechos y obligaciones de los órganos del Partido y sus militantes; ii. Procesos internos para elegir dirigentes y postular candidatos a cargos de elección popular; iii. Sanciones y vigilancia; iv. Estímulos y reconocimientos; y v. Procedimientos administrativos regulados en el Código de Justicia Partidaria. 3°. Que la Comisión Estatal de Justicia Partidaria es competente para otorgar los estímulos y reconocimientos siguientes: i. Al mérito militante, que llevará el nombre de una destacada o destacado priista de la entidad. ii. Notas laudatorias, consiste en el reconocimiento a las tareas más distinguidas de militancia partidista; iii. Mención honorifica a las y los militantes por determinada tarea partidista, encomendada específicamente; y iv. Diplomas de reconocimiento, para militantes que no habiendo obtenido una presea merezcan también el reconocimiento público a su labor. 4°. Que la Comisión Estatal de Justicia Partidaria tiene como objetivo garantizar los principios de unidad partidaria, legalidad, certeza, imparcialidad y equidad en la aplicación de las normas contenidas en los Documentos Básicos, así como dictaminar el otorgamiento de estímulos a los militantes, cuadros y dirigentes. 5°. Que para garantizar con objetividad el otorgamiento de los estímulos a los militantes, cuadros y dirigentes del Partido Revolucionario Institucional en Chihuahua, se deben tomar en consideración la adhesión, constancia, militancia y trabajo partidista, entendiéndose por ADHESIÓN la antigüedad y permanencia en las filas del Partido; por LEALTAD el acatamiento y la defensa de los Documentos Básicos del Partido; por CONSTANCIA la perseverancia y tenacidad en las tareas encomendadas por el Partido; por MILITANCIA el cumplimiento sistemático y reglamentario con los compromisos estatutarios; y por TRABAJO PARTIDISTA la eficiencia y el desempeño sobresaliente en los cargos, tareas o comisiones que le haya conferido el Partido. Por lo anteriormente fundado y considerado, se expide la presente: CONVOCATORIA A los militantes, cuadros, dirigentes, Organizaciones Sectoriales y Adherentes del Partido Revolucionario Institucional en el estado de Chihuahua para que propongan a los militantes, cuadros y dirigentes del estado que se han distinguido por su adhesión, lealtad, constancia, militancia y trabajo partidista, a fin de que sean acreedores al otorgamiento de estímulos; conforme a las siguientes: BASES Primera.- El proceso de otorgamiento de estímulos inicia al expedirse la presente Convocatoria y concluye con la entrega de las distinciones, lo cual deberá realizarse, a más tardar, el 4 de marzo de 2017. Segunda.- La Comisión Estatal de Justicia Partidaria es el órgano responsable de recibir, por conducto de la Secretaría General de Acuerdos, las propuestas de militantes, cuadros y dirigentes que se hayan distinguido de modo prominente al servicio del Partido Revolucionario Institucional, a fin de que reciban los estímulos y reconocimientos que confieren nuestros Estatutos, consistentes en: i. Presea “Saúl González Herrera”, al mérito militante. Es el máximo reconocimiento que el Partido entrega a las y los militantes, cuadros o dirigentes que se han distinguido por su trabajo partidario mostrando constancia, lealtad, disciplina, responsabilidad, solidaridad y honestidad; Notas laudatorias, consiste en el reconocimiento a las tareas más distinguidas de militancia partidista; Mención honorifica a las y los militantes por determinada tarea partidista, encomendada específicamente; y Diplomas de reconocimiento, para militantes que no habiendo obtenido una presea merezcan también el reconocimiento público a su labor. Tercera.- Las propuestas de los militantes, cuadros, dirigentes, Sectores y Organizaciones del Partido Revolucionario Institucional en Chihuahua deberán presentarse ante la Secretaría General de Acuerdos de la Comisión Estatal de Justicia Partidaria, observando los siguientes requisitos: 1) Por escrito, a partir de la publicación de esta Convocatoria y hasta el 20 de febrero de 2017; 2) Expresar claramente y de manera breve, los motivos que sustenten el merecimiento; 3) Presentar la documentación que soporte la viabilidad de la propuesta; y 4) Ajustarse a los términos de la presente Convocatoria. Cuarta.- Las propuestas deberán ser remitidas por la Secretaría General de Acuerdos de la Comisión de Justicia Partidaria a la Comisión Estatal de Justicia Partidaria, a más tardar el 24 de febrero de 2017. Quinta.- Los expedientes de las propuestas serán sometidas a la consideración del Pleno de la Comisión Estatal de Justicia Partidaria, misma que emitirá el fallo y entregará las distinciones, a más tardar el día 4 de marzo de 2017. Sexta.- El fallo que emita el Pleno de la Comisión Estatal de Justicia Partidaria será inapelable y se publicará en la página electrónica www.prichihuahua.org.mx/comision-estatal-de-justiciapartidaria/ y en los estrados del Comité Directivo Estatal. Séptima.- El otorgamiento de los estímulos y reconocimientos se realizará en el lugar y a la hora que oportunamente se darán a conocer. Octava.- Los casos no previstos serán resueltos por el Presidente de la Comisión Estatal de Justicia Partidaria, previo acuerdo con el Presidente del Comité Directivo Estatal. TRANSITORIOS PRIMERO.- La presente Convocatoria entrará en vigor el día de su expedición y se publicará en los estrados del Comité Directivo Estatal y en la página electrónica www.prichihuahua.org.mx/comision-estatal-de-justicia-partidaria/. SEGUNDO.- La Secretaría General de Acuerdos de la Comisión Estatal de Justicia Partidaria será el órgano encargado de dar amplia difusión de la presente convocatoria. TERCERO.- El nombre de la presea “Saúl González Herrera” para el mérito al militante se acordó por el Presidente de la Comisión Estatal de Justicia Partidaria y el Presidente del Comité Directivo Estatal y se ratificó en Pleno de la Comisión Estatal de Justicia Partidaria. Dada en la ciudad de Chihuahua, Chihuahua, a los 22 días del mes de Diciembre de 2016.