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La diputada Laura Marín presentó una iniciativa a fin de contemplar el control o regulación de Uber, así como los distintos servicios privados de transporte, para tener una base de datos que permita conocer a quienes se encuentran detrás de los vehículos.
La legisladora había indicado que era probable sanciones económicas a quienes no alimentaran la base de datos que estaría a cargo de la Secretaría General de Gobierno, sin embargo en la iniciativa no se contemplan dichas sanciones.
Esta iniciativa contempla adicionar a la Ley de Transporte el artículo 8 Bis para quedar redactada de la siguiente manera:
El servicio de transporte privado es el que se presta a través de tecnología como los sistemas de posicionamiento global y plataformas tecnológicas independientes, el cual es solicitado de punto a punto y con tarifa preestablecida. Únicamente se prestará este servicio por conductores particulares que se encuentren registrados y certificados ante una Empresa de Redes de Transporte, o cualquiera de sus empresas relacionadas, registrada ante la Secretaría General de Gobierno.
Las empresas están obligadas a registrar ante la Secretaría General de Gobierno y a la Fiscalía general del Estado, domicilio fiscal dentro de la entidad, número telefónico y correo electrónico de la empresa, así como la base de datos de los conductores y vehículos registrados, por lo menos con la siguiente información: números de licencia, datos del vehículo, número de matrículas, datos del seguro contratado en cada vehículo, en caso de que un vehículo cuente con más de un conductor se deberá especificar días y horas de conducción de cada uno.
Esta información deberá ser actualizada cada que haya bajas y altas de conductores, estableciendo los horarios de los mismos y teniendo en consideración que esta información deberá ser otorgada a las autoridades de seguridad en caso de que se amerite.
También se deberán implementar capacitaciones y evaluaciones para los socios de las plataformas privadas de transporte, los cuales deberán ser autorizados por la Secretaría General de Gobierno.
Los conduxtores particulares además de estar registrados y certificados ante una empresa de redes de transpeote deberán contar con:
-Licencia para conducir vigente
-Ser mayores de edad
-No tener antecedentes penales por delitos dolosos
-Contar con certificado médico que avale su buen estado de salud
-Contar con examen de verificación de no consumo de sustancias prohibidas, el cual tendrá que contener un mínimo de 10 sales químicas con antigüedad máxima de dos días al momento de solicitar su registro
Source: Local
