El diputado panista Jesús Villarreal Macías, propuso esta tarde reformar el artículo tercero transitorio de la Ley de Ganadería del Estado de Chihuahua, con la finalidad de adecuar la obligatoriedad del Sistema Nacional de Identificación Animal para Bovinos y Colmenas.
En su exposición de motivos, el legislador recordó que la ganadería en la entidad representa una de las principales actividades del sector rural, ya que el 65.3% de la superficie total está dedicada a pastizales de alimento para el ganado, mismo que ya sea para consumo nacional o para exportación al vecino país del norte, se ha traducido en una actividad con gran importancia dentro del sector, pues nuestra ganadería es reconocida a nivel internacional por cumplir con los estándares de exportación.
Dentro de los estándares mencionados se encuentra el de la trazabilidad, el cual se define como la serie de actividades técnicas y administrativas sistematizadas que permiten registrar los procesos relacionados con el nacimiento, crianza, engorda, reproducción, sacrificio y procesamiento de un animal, identificando en cada etapa su ubicación espacial y, en su caso, los factores de riesgo zoosanitario y de contaminación que pueden estar presentes en cada una de las actividades.
Cabe mencionar que en la actualidad, esa trazabilidad se da mediante la aplicación del arete SINIDA antes SINIIGA, perteneciente al programa nacional del Sistema Nacional de Identificación Animal para Bovinos y Colmenas, mismo que de conformidad a lo señalado en la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SAG/GAN-2015, sería exigible a todos los ganaderos del país a partir del mes de noviembre, sin embargo el día primero de diciembre del año en curso la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo por el que se pospone la obligatoriedad de los sistemas de identificación establecidos en la norma referida, quedando para el primer día del mes de febrero del año 2017.
Es así que la Ley de Ganadería del Estado de Chihuahua, específicamente en el Artículo Tercero Transitorio, establece la obligatoriedad de los sistemas de identificación SINIDA a partir del primero de enero del año 2017, por lo que se hace necesario el adecuar dicha obligatoriedad a lo preceptuado por el acuerdo señalado con anterioridad, mientras tanto el ganado que haya nacido antes de esta fecha, deberá quedar identificado con el arete SINIIGA, dentro de los seis meses de edad, por lo que todo ganadero que realice actividades dentro del territorio del Estado, deberá aplicar este último arete al ganado.
“Es imperante realizar la adecuación del numeral transitorio referido, ya que de no hacerlo se corre el riesgo de que se presenten situaciones que atenten contra la actividad ganadera de la Entidad”, advirtió el legislador.
Así pues, el articulo quedaría redactado de la siguiente manera:
ARTÍCULO TERCERO.- Todas las obligaciones cuyo cumplimiento implique la aplicación del arete o identificador SINIDA, será exigible a partir del primer día del mes de febrero del año 2017. El ganado que haya nacido antes de esta fecha, deberá quedar identificado con el arete SINIIGA, dentro de los seis meses de edad.
TRANSITORIO
ARTÍCULO ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.