
La Cámara de Diputados avaló reformas a la Ley Federal de Sanidad Animal, donde establecen sanciones de seis meses a dos años de prisión y multa de hasta tres mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), a quien ordene o realice el sacrificio de animales destinados para abasto, sin el adecuado procedimiento de insensibilización o aturdimiento. Lo anterior lo publicó el diario El Universal.
El dictamen, aprobado en lo general con 358 votos a favor y dos en contra, precisa la definición de “Animales destinados para abasto”, “Insensibilización o Aturdimiento” y “Sacrificio Humanitario”. Además, modifica la referencia a días de salario mínimo por el de Unidad de Medida y Actualización. Se envió al Senado de la República para sus efectos constitucionales.
Al fundamentar, el diputado Oswaldo Guillermo Cházaro Montalvo (PRI), presidente de la Comisión de Ganadería, dijo que significa un avance hacia el ejercicio de prácticas en el proceso productivo y tratamiento de los animales, acordes a conceptos modernos que deben adoptar los países que pretenden acceder plenamente al desarrollo sustentable.
Las modificaciones, agregó, ponen énfasis en una tarea pendiente y de urgente solución respecto a las prácticas de sacrificio que por diversas razones prevalecen desde tiempos ancestrales, pero con la tecnología moderna, el aval de la ciencia y, sobre todo, una sociedad más responsable, hace posible evitar el sufrimiento inútil de los animales, cualquiera que sea su destino o condición.
Aclaró que el incumplimiento de las normas deberá complementarse con sanciones que en casos extremos se consideren de orden penal.
Source: Mexico