Carcel de 3 años a quienes vendan su voto

A propuesta de reforma al artículo 7 de la Ley General en materia de Delitos Electorales, se contempla imponer de 50 a 100 días de multa y prisión de seis meses a tres años a quien reciba paga, dádiva, promesa de dinero u otra contraprestación de cualquier índole, a cambio de emitir su voto en algún sentido determinado.

La sanción aplicará de igual manera a quien el día de la jornada electoral instale, habilite o proporcione espacios físicos para la entrega de paga, dádiva, promesa de dinero u otra contraprestación de cualquier índole, o lleve a cabo otra actividad de organización o preparación para dicha contraprestación.

La reforma se pretende reducir los acarreos o “corralón”, el cual consiste en conducir a un grupo de personas a resguardo de los políticos rivales y mantenerlos ahí hasta que llega el momento de votar; esto ocurre principalmente en las zonas rurales, aseguró.

Existe otro método para coaccionar el voto conocido como “cadena”, la cual consiste en otorgar a una persona una boleta ya marcada a favor de un determinado candidato, ofreciendo una recompensa a cada participante si trae el voto en blanco, llevándose otra papeleta que ya viene marcada.

La modificación normativa contribuiría a frenar la práctica de hacer del sufragio una mercancía, aprovechándose alguno de los factores que pueden predisponer a la persona a aceptar este tipo de conductas, como su bajo nivel educativo, pobreza o necesidades económicas; enfocada a incrementar los mecanismos existentes en materia de justicia penal electoral, pretendiendo que se puede impactar de manera positiva el equilibrio democrático de la nación mexicana.