Debate Suprema Corte indemnizar por bulliying

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analizará por primera ocasión una demanda por acoso escolar.

El máximo tribunal del país discutirá el viernes la denuncia que realiza una madre contra un centro escolar particular y una sicóloga del Estado de México, en la que exige una indemnización por el bullying que sufrió su hijo en el interior del plantel.

El caso implica una compensación de al menos 650 mil pesos por inscripción y colegiaturas pagadas durante un ciclo escolar, por gastos de atención médica y sicológica del menor, y por gastos judiciales.

De acuerdo con fuentes del Poder Judicial, los ministros definirán, tras conocer el proyecto que proponga el ministro Arturo Zaldívar, qué tan pormenorizadamente se deben narrar los hechos en la demanda, esto en relación con las conductas de hostigamiento escolar.

Con la resolución, la Primera Sala de la SCJN también fijará los lineamientos que deben seguir los impartidores de justicia para tratar los asuntos relacionados con el bullying y velar por el interés superior del menor.

En caso de que el fallo sea en favor de la madre, el asunto sería regresado a un tribunal colegiado para que éste dicte sentencia en favor del niño, siguiendo los parámetros establecidos por la Corte y con el objetivo de que la escuela pague la indemnización exigida por la mamá del niño desde que culminó el ciclo escolar 2009-2010.

Discuten si bullying debe indemnizarse

Se perfila que los ministros fallen en favor de un niño que sufrió acoso escolar en Metepec.

De forma inédita, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analizará el primer caso de una demanda interpuesta contra un centro escolar y una sicóloga en la que se exige una indemnización por el bullying sufrido por un niño dentro de la escuela. Se perfila que, tomando como base el principio del interés superior del menor, los ministros le concedan el amparo.

Si es el caso, el asunto sería regresado a un tribunal colegiado para que éste dicte sentencia favorable al menor, siguiendo los parámetros establecidos por la Corte y con el objetivo de que un colegio privado de Metepec, Estado de México, pague la indemnización exigida por la madre desde que culminó el ciclo escolar 2009-2010.

Y es que en la SCJN no hay precedentes en torno de pretensiones derivadas de responsabilidad civil por acoso escolar, la forma en que debe seguirse un juicio de este tipo o la vía para demandar las prestaciones derivadas del conflicto, así como la forma en que deben presentarse las pruebas para comprobarlo.

“Se definirán diversos temas de naturaleza procesal relacionados con la responsabilidad civil generada a partir del bullying y discriminación, atendiendo a los principios constitucionales estimados como vulnerados, específicamente el de no discriminación, el derecho a la educación, el interés superior del menor, el derecho a un ambiente adecuado para el desarrollo y bienestar”, se expone.

Fue el año pasado cuando al máximo tribunal del país llegó la demanda de la señora Angélica M, una madre de familia que exige el pago por indemnización al Instituto Verdad y Ciencia, por 50 mil pesos, como concepto de inscripción y colegiaturas pagadas durante un ciclo escolar, además de un interés legal por todo el tiempo en que se haya realizado el pago desde 2009.

La señora también exige un mínimo de cien mil pesos a la institución educativa por concepto de atención médica y sicológica derivado del daño causado a su hijo menor y el pago de poco más de 500 mil pesos por los gastos y costos judiciales derivados del juicio iniciado desde hace un lustro.

Esta demanda, presentada en primera instancia ante juzgados, los cuales rechazaron la existencia de bullying por no contar con las pruebas suficientes, llegó finalmente al máximo tribunal del país y es interpuesta contra la institución educativa a la que su hijo asistía y también contra una de las sicólogas, ya que, de acuerdo con la madre del menor, su hijo fue víctima de maltrato físico y sicológico.

“La sentencia impugnada (ante la Corte) es violatoria de los derechos humanos ya que la responsable deja de observar y abordar preceptos constitucionales, leyes federales y estatales, así como convenciones y tratados internacionales, protegiendo en todo momento el interés superior del menor, dejando de acatar la disposición constitucional expresa de interpretar las normas relativas a derechos humanos”, alega la señora Angélica.

Lineamientos

Con la discusión que se prevé sea efectuada este viernes y los resolutivos finales, la Primera Sala de la Suprema Corte fijará los lineamientos que deben seguir los impartidores de justicia para tratar los asuntos relacionados con el acoso escolar, con el objetivo de velar por el interés superior del menor.

De acuerdo con fuentes del Poder Judicial, los ministros del máximo tribunal del país definirán, tras conocer el proyecto que proponga el ministro Arturo Zaldívar, qué tan pormenorizadamente se deben narrar los hechos en la demanda, esto en relación con las conductas de hostigamiento o bullying.

Se definirá asimismo de qué manera, si por tratarse de pruebas difíciles de obtener por el niño víctima del acoso escolar, se puede confiar o no en sus afirmaciones para dictar resolución en un juicio, y si sería factible tener por probados los hechos a través de otro tipo de evidencias, dado lo difícil o poco probable de contar con pruebas directas.

Escenarios

Se perfila que, tomando como base el interés superior del menor los criterios en materia de derechos humanos, se otorgue el amparo a Angélica y a su hijo a propuesta del ministro ponente.

En ese escenario, el caso sería regresado a un tribunal colegiado para que, bajo los parámetros ordenados por los ministros, dicte la sentencia en favor de los demandantes. De ser así, la escuela tendrá que pagar la indemnización.

Sin embargo, en ocasiones y dependiendo de la consulta con otros ministros sobre el caso, el ministro ponente podría proponer, de último momento, un proyecto de resolución alterno que concilie la opiniones de sus compañeros.

Si el ministro observa que faltan pruebas para sostener su proyecto las cuales podrían debilitarlo al grado de que su propuesta sea rechazada, el ministro ponente, en este caso Arturo Zaldívar, podría retirar su proyecto de resolución para su recalendarización.