Ciudad de México. El Instituto Nacional Electora (INE) recibió denuncias en contra de 27 candidatos de la elección judicial con supuestos antecedentes violentos en distintas modalidades, pero en ningún caso halló elementos suficientes para retirar la candidatura o el triunfo.
Lo anterior, según el anteproyecto que presentará mañana (sábado) la comisión de Igualdad de Género y No discriminación, en el contexto de revisión de cada expediente bajo el contexto “8 de 8”, uno de los mecanismos para determinar si los aspirantes a ministros, magistrados y jueces cumplen con todos los requisitos de elegibilidad.
A la “8 de 8” los consejeros electorales añadieron dos causas: que la persona sea morosa de pago de pensión alimentaria y/o que sea prófuga de la justicia.
En el documento se establece que las principales causas de las denuncias fueron por violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica; violencia política contra las mujeres en razón de género y personas deudoras alimentarias morosas.
En el primer caso el INE recibió siete casos (cinco candidatos hombres y dos mujeres); en un caso se estableció esa causa pero en los hechos se relataban conductas distintas; aquí se mencionaron a cinco magistraturas de circuito y dos personas juzgadoras de distrito.
De violencia política se recibieron seis casos relacionadas con tres magistraturas de circuito y dos personas juzgadoras de distrito; las seis personas señaladas son hombres, y “uno de ellos (no se menciona el nombre) que sí contaba con sentencia firme”.
Asimismo, el INE registró ocho casos de personas deudoras alimentarias, todos son hombres, de candidaturas a la Suprema Corte, magistrados de circuito, magistrados de Sala Regional y Jueces de Distrito.
Por lo que respecta a delitos sexuales o contra la intimidad corporal el Instituto reporta cuatro casos, todos hombres.
De hecho, por género, se estableció que 24 de las personas denunciadas son hombres, “lo cual se ajusta a los patrones estructurales de desiguaidad de género en el ejercicio del poder político”.
En el proyecto se apunta que “si bien se presentaron dos denuncias contra mujeres, llama la atención que una de ellas fue nombrada en el formulario (de denuncia) como ‘esquizofrénica’”, expresión condenada por el INE por tratarse de estereotipos de género contra las mujeres, en el sentido de no considerarlas aptas para la participación política por su carácter voluble e incontrolable; tampoco aptas para ejercer un cargo por problemas de salud mental.
A nivel de características específicas, en el proyecto se hace referencia a seis folios, incluidos dos personas denunciadas que no eran candidatas y tres lo eran pero de renovación del poder judicial local.
De todas las denuncias, el INE elaboró 19 dictámenes emitidos por la dirección ejecutiva de Asuntos Jurídicos del órgano, a partir de los cuales “se analizó y constató con base en los expedientes integrados, de la información compartida por la ciudadanía y organizaciones de la sociedad civil, que diversas personas candidatas (de la elección judicial) “NO se encuentran en los supuestos establecidos en el artículo 38 fracciones V, VI y VII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos o del artículo 442 is, en relación con el numeral 456, numeral 1, inciso c, fracción III de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales”.
En el resolutivo se aclara que si se recibiera alguna denuncia posterior a la aprobación de esta resolución, el INE enviaría el expediente al Tribunal de Disciplina Judicial o a la instancia competente.
Source: Mexico