Piden que saldo a celulares no tenga fecha de expiración

La diputada Esther Quintana Salinas (PAN) propone reformar el artículo 191 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, con el propósito de que las recargas abonadas al saldo de teléfonos celulares no tengan vigencia, es decir, no expiren.

La legisladora destacó que con esta adecuación a la Ley se lograría beneficiar a los usuarios o suscriptores, pues podrían hacer uso de su crédito o saldo hasta su total consumo, sin que sea condicionado por las empresas que brindan dicho servicio a un determinado plazo.

Destacó que en México, de acuerdo con el Instituto Federal de Comunicaciones, en el 2013 la modalidad de prepago contaba con 87.6 millones de suscriptores; ese será, aproximadamente, el número de beneficiados con esta adecuación a la Ley, agregó.

Quintana Salinas consideró que de aprobarse esta reforma, se agregaría a los otros beneficios a los que ya genera la Reforma de Telecomunicaciones, entre los que se encuentran la suspensión del pago de larga distancia nacional y la portabilidad gratuita, en menos de 24 horas y sin condiciones.

Otras ventajas son la consulta del saldo del teléfono celular de prepago sin costo y que los planes y tarifas deberán considerar cobros por segundo y no por minuto.

Refirió que no obstante esta serie de beneficios originados por la reforma, es necesario seguir avanzando en las modificaciones que se requieren para ampliarla y mejorarla, de manera que cumpla sus objetivos en favor de la ciudadanía.

La fracción XVI del artículo 191 señala que los usuarios tienen derecho: “A que en los servicios móviles de prepago, el saldo no consumido a la fecha de su expiración, le sea abonado en las recargas que se lleven a cabo dentro del año siguiente a dicha fecha”.

Evidentemente, comentó, “eso es perjudicial para la economía de los usuarios que se encuentran en la modalidad de prepago.

La iniciativa de la diputada Quintana Salinas dada a conocer durante Comisión Permanente fue remitida a la Comisión de Comunicaciones.