Podrán personas con relación extramarital pedir pensión alimenticia en Morelos

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que en Morelos, hombres y mujeres que mantienen una relación extramarital, pueden pedir pensión alimenticia.

Durante la sesión de la Primera Sala de la SCJN, los ministros invalidaron la definición de concubinato establecida en el Código Civil de Morelos.

Dicha definición establecía que existía concubinato cuando un hombre y una mujer solteros, y sin impedimento para contraer nupcias, viven de forma constante y permanente, generando derechos y obligaciones al procrear hijos o manteniendo la convivencia.

Con mayoría de tres votos, los ministros consideraron que excluir del concubinato a las personas casadas es discriminatorio y perjudica particularmente a las mujeres, debido a la tolerancia cultural que existe en el país de que los hombres tengan una casa con su esposa y otra con la persona con la que mantienen una relación extramarital, a modo de concubinato.

“La norma al establecer un requisito para la figura de concubinato, como lo es que ambos concubinos no estén casados o con impedimento para ello, es susceptible de vulnerar diversos derechos fundamentales, como lo es el derecho al libre desarrollo de la personalidad, el derecho a los alimentos, el derecho a la convivencia familiar, y en sí la protección a la familia”, indica el fallo.

Por: El Universal


Source: Mexico