Las autoridades electorales deben adoptar las medidas necesarias a efecto de privilegiar el derecho humano a ser votado a los cargos de elección popular, sin el aval de un partido político, indicó la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
Al emitir la Tesis V/2015, el máximo organismo jurisdiccional del país en materia electoral precisó que ante la ausencia de la ley secundaria en materia de candidaturas independientes, las autoridades administrativas-electorales están obligadas a adoptar las medidas necesarias, para que las y los ciudadanos puedan contender sin la necesidad de ser postulados por un partido político.
La tesis con el rubro “candidaturas independientes. La ausencia de ley secundaria, obliga a las autoridades administrativas-electorales a adoptar las medidas para contender en las elecciones”, atiende los contenidos de la Constitución, de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
El criterio jurisdiccional aprobado en la sesión pública del 24 de marzo del año en curso, precisa que el ejercicio del derecho humano a ser votado a los cargos de elección popular, podrá realizarse mediante candidaturas independientes, en atención al marco constitucional, convencional y a las leyes internacionales en la materia.
De esta forma, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación maximiza los derechos político-electorales de la ciudadanía.