Los tres magistrados del vigésimo noveno circuito del Poder Judicial de la Federación ordenaron invalidar, por ilegales, las declaraciones y otras pruebas presentadas en 2012 contra el empresario Manuel Samuel Castro Mercado, propietario de Motor Coach Industries México y Servicios Sahagún (antes Dina Autobuses), acusado del homicidio de Josué Matilde Cotonieto, ex trabajador de esa empresa, informó La Jornada.
Según la resolución del amparo de revisión penal 425/2015, promovido por Castro Mercado, las pruebas obtenidas durante el arraigo del empresario (del 30 de enero al 9 de marzo de 2012) en una casa de seguridad de la Procuraduría General de Justicia de Hidalgo son ilegales.
Además, se aclara que el arraigo no abarcó del 30 de enero al 15 de febrero de 2012, como dice la ejecutoria emitida en julio pasado.
El representante legal del empresario, Felipe Labastida Domínguez, destacó que las declaraciones que hizo Castro Mercado durante su arraigo son ilegales; la sentencia emitida por ese órgano en julio pasado consigna erróneamente el periodo en que estuvo retenido, y confunde las declaraciones del acusado con las de su hijo (ambos fueron detenidos el mismo día).
Los magistrados confundieron el nombre de Manuel Castro Mercado con el de su hijo, Manuel Castro Cuevas, detalló Labastida. Ambos, según la policía ministerial, fueron sacados de una bóveda de seguridad de la empresa donde estaban encerrados el día en que fue asesinado a balazos el obrero Matilde Cotonieto, en una frustrada toma de la planta por los obreros, el 28 de enero de 2012.
Posteriormente, hijo y padre fueron arraigados en la casa de seguridad de la procuraduría, el 30 de enero de 2012. Sin embargo, Manuel Castro Cuevas fue liberado el 16 de febrero por no encontrarse elementos para acusarlo de homicidio.
Su padre, Manuel Samuel Castro Mercado, se quedó arraigado hasta el 9 de marzo de ese año, tiempo en el cual algunos obreros declararon falsamente en contra del propietario de Motor Coach, junto con el líder sindical Artemio Vázquez, El Pájaro.
El 9 de marzo de 2012 el empresario fue trasladado al Centro de Reinserción Social de Pachuca, acusado de ser el autor intelectual del homicidio, con base en las declaraciones conseguidas en arraigo y pruebas alteradas por el médico legista de la procuraduría.
El abogado del empresario destacó que los magistrados ya dejaron en claro que las declaraciones e indagatorias hechas durante los 39 días en que Manuel Castro estuvo en la casa de seguridad deben ser excluidas porque el arraigo es ilegal para delitos del orden común y sólo es válido para los del ámbito federal.
Labastida también acusó al juez segundo federal de distrito, Alberto Miguel Ruiz Matías, de actuar con mala fe, pues pretendía seguir con el proceso penal con base en testimonios y evidencias obtenidas entre el 16 de febrero y el 9 de marzo de 2012, a pesar de ser ilegales.
Con esta resolución, subrayó, la acusación contra Manuel Samuel Castro queda prácticamente sin sustento y el juez tendrá 72 horas, a partir del lunes próximo, para determinar si continúa el proceso o se libera al empresario, quien padece una afección cardiaca con riesgo de muerte súbita y permanece detenido en el hospital general de Pachuca.
Labastida Domínguez recordó que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos emitió en septiembre de 2014 la recomendación 45/2014 al gobernador de Hidalgo, Francisco Olvera, en la cual solicita sanciones contra médicos legistas, policías ministeriales y agentes del Ministerio Público por haber alterado y obtenido pruebas de manera ilegal. Aunque el mandatario inicialmente se negó a cumplir la recomendación, aceptó para evitar que lo citara el Senado.
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