Un juez colegiado determinó improcedente la suspención provicional promovida por el ex alcalde Marco Quezada en contra del proceso administrativo por un supuesto “Destierro”, por lo que el proceso sigue su cauce y mantiene la suspensión provicional de inhabilitación tras el amparo que promovió.
El secretario de servicios parlamentarios y vinculación ciudadana del Congreso del Estado, Jorge Neáves Chacón, indicó que la resolcuión otorgada por el juzgado segundo colegiado fue con relación a la queja presentada por Marco Quezada contra su “destierro”, considerando como improcedente ya que ésta figura no aplica como sanción.
Esto fue referido por el abogado del Congreso local, destacando que se trata del expediente 80/2015 promovido por la defensa del ex alcalde Marco Quezada en contra del supuesto destierro, “En esas condiciones no se le condencedió la suspensión provicional contra el procedimiento administrativo basados en un supuesto destierro”, dijo.
Se presentó por parte de Marco Quezada un recurso de queja que se desechó por un tribunal colegiado por considerarlo improcedente, mientras que el amparo de inhabilitación “logró suspender el procedimiento basado ante la probable inhabilitación sin seguir el procedimiento administrativo”, acotó al señalar que el juez tiene constancias sobre el procedimiento administrativo correspondiente.
Sobre la inhabilitación se fijo la litis y contestaciones, por lo que es muy anticipado a pronunciarse a una posibilidad de sanción, “en este momento no es inminenente ninguna inhabilitación, hay que seguir el procedimiento”, señaló al asegurar que otra cosa fue la petición de suspender el proceso por supuesto destierro que está prohibido en el artículo 22 de la Constitutión.