Ante las diferentes versiones surgidas en la opinión pública en torno al Dictamen relativo al cambio de Huso Horario en el Estado de Chihuahua, los integrantes de la Junta de Coordinación Parlamentaria del Congreso del Estado, hacen las siguientes precisiones:
1.- Que con fecha seis de julio del año dos mil quince, fue turnada para su estudio y posterior Dictamen a la Comisión de Energía, Iniciativa con carácter de Decreto, que presentan los Diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, César Augusto Pacheco Hernández y Pedro Adalberto Villalobos Fragoso, adhiriéndose los integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, Elías Humberto Pérez Mendoza y Ana Lilia Gómez Licón, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional Daniel Murguía Lardizábal y del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, Luis Javier Mendoza Valdez, a efecto de reformar un artículo de la Ley del Sistema Horario en los Estados Unidos Mexicanos, así como para reformar y adicionar una fracción del Artículo Único del Decreto por el que se establece el Horario Estacional que aplicará en los Estados Unidos Mexicanos, a fin de que Chihuahua se rija bajo el huso horario del meridiano 90 grados por ubicación y estacional.
2.-Que en reunión de la Comisión celebrada el 23 de septiembre del año en curso se aprobó por Unanimidad de los Diputados presentes el proyecto de Acuerdo, a fin que Chihuahua se rija bajo el huso horario del meridiano 90 grados, con excepción de los municipios de Juárez y Ojinaga, los cuales mantendrán el mismo horario que su contraparte en los Estado Unidos.
3.- Que en Sesión del Pleno del H. Congreso del Estado, celebrada el pasado 6 de octubre del año en curso se aprobó por unanimidad, la Iniciativa de Decreto.
4.- Que será el Poder Legislativo Federal quien, tendrá previo análisis y consultas con las autoridades del ramo correspondiente, la decisión de si se cambia el huso horario.