Luego de que un juicio de divorcio tomara como prueba la información que un hombre reveló gracias a que espió el celular de su esposa, se dio paso a esta medida, informa Hola Ciudad.
“El 22 de diciembre de 2014 Antonio J. S. accedió al teléfono móvil de su pareja, M. P. T., introduciendo la clave y descargó un fichero guardado en el correo electrónico con una fotografía de la señora M. P. T. [su esposa en aquel momento] con un hombre, así como varios mensajes de la aplicación Line, todo ello sin conocimiento de M.P.T”, dicta una de las declaraciones hechas en el juzgado 4 de Girona, en Cataluña.
El hecho de acceder al teléfono móvil no es el indicativo de delito, lo es el hacer uso de la información que se obtiene, con la intención de beneficiarse, según lo que le sucedió a este hombre quien trató de sacar ventaja en el juicio de divorcio, probando la infidelidad, pero el veredicto fue por demás sorpresivo, al recibir una condena de dos años y medio de cárcel, por el delito de descubrimiento y revelación de secretos con el agravante de parentesco.
La nueva norma ha establecido que las penas por este delito irán desde los dos años y medio de prisión, hasta los cuatro años de condena.
Pero esto no para allí, los celosos han buscado alternativas y la venta de artículos ‘alternos’ para espiar a la pareja se ha disparado. Un ejemplo de ello son las crecientes adquisiciones de artículos con cámaras y micrófonos, para estar siempre al tanto de ‘la persona amada’.
Fuente: Hola Ciudad