A partir del inicio del ejercicio fiscal 2016, el gobierno se encontrará obligado a detallar en los informes financieros lo invertido a las pensiones, jubilaciones y participaciones federales, debido a que estos son aplicados como gasto corriente y se pretende separarlos de dicha categoría.
Lo anterior es detallado en el Periódico Oficial del Estado en su edición del 24 de octubre del presente año y es solicitado por el Consejo Nacional de Armonización Contable, el cual trabaja desde el año 2008 en establecer los criterios para la clasificación de tipos de gasto.
En el acuerdo publicado en el Periódico se indica “que es necesario realizar las reformas y adiciones al Clasificador por Tipo de Gasto para identificar con mayores elementos la naturaleza económica del gasto público, ya que los conceptos que se adicionan permiten identificar los recursos destinados al pago de pensiones y jubilaciones, así como los recursos destinados a cubrir las participaciones a las entidades federativas y municipios, los cuales se clasificaban como gasto corriente, sin que estos recursos fueran destinados al gasto operativo o a la prestación de servicios públicos”.
El ordenamiento implica que estos detalles se estarán desglosanddo por obligación a partir de que entre en vigor el acuerdo, siendo esto el primer día del inicio del ejercicio fiscal 2016.