Aprueban diputados ley para controlar deuda en estados y municipios

El Pleno de la Cámara de Diputados, aprobó el dictamen de la Comisión de Hacienda, que expide la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios; así como reformas a las leyes de Coordinación Fiscal, General de Deuda Pública y General de Contabilidad Gubernamental, informa Noticias MVS.

La normatividad que será enviada al Senado de la República, fue avalada en lo general, por una votación de 325 a favor, un voto en contra y 34 abstenciones.

La votación particular fue de 308 a favor, uno en contra y 32 abstenciones, aunado a que se aprobó una reserva presentada por el Partido de la Revolución Democrática (PRD), a fin de dar un plazo más amplio a estados y municipios que tengan una situación crediticia sostenible, a fin de que puedan emplear sus excedentes hasta el 2018, en los gastos que mejor consideren.

Al fundamentar el dictamen correspondiente a la iniciativa anunciada en agosto pasado por el Ejecutivo Federal, el diputado del Partido Acción Nacional (PAN), Herminio Corral, detalló que el objetivo es generar finanzas públicas sanas en estados y municipios, así como dar certeza al uso de recursos públicos.

El legislador puntualizó que con ello, se reglamentará el uso de la deuda estatal, se establecerán límites para la contratación de la misma y se impondrán obligaciones de transparencia.

Agregó que se prevé crear un Registro Público Único de Deuda, una Comisión Bicameral del Congreso que dará seguimiento a la deuda de los estados, así como un Sistema de Alertas para medir el nivel de endeudamiento y evitar que entidades y municipios comprometidos, sigan pidiendo préstamos.

En el debate, legisladores del Movimiento de Regeneración Nacional (MORENA) reconocieron que el ordenamiento podrá ayudar a regular la llamada deuda “subnacional”.

Sin embargo, el diputado Vidal Llerenas puntualizó que no corrige en nada el mayor problema en esa materia, que es el alto nivel de endeudamiento del Ejecutivo Federal, que en los últimos 15 años, aumentó en 4 billones de pesos; mientras que la deuda a nivel estatal y municipal pasó en ese mismo periodo de tiempo de más de 100 mil a 500 mil millones de pesos.

La norma establecerá los criterios generales de responsabilidad hacendaria a seguir por estados y municipios, a fin de propiciar un manejo sostenible de las finanzas públicas, a partir de los principios de racionalidad, austeridad, transparencia, control y rendición de cuentas.

Indica que los estados deberán incluir en sus respectivos presupuestos, reservas de al menos el 10 por ciento de lo aportado a la reconstrucción de zonas dañadas por desastres naturales en el transcurso de los últimos cinco años, a fin de contar con un fondo que permita enfrentar imprevistos.

Señala que no se podrá contratar deuda directa o indirectamente con otros países, sociedades o personas extranjeras.

También plantea que la deuda se podrá utilizar a inversión productiva pública, o bien, para refinanciar o reestructurar adeudos y los costos de contratación de esas obligaciones.

Prevé que las finanzas en los estados y municipios deberán seguir las mismas líneas que en la Federación, ello, para utilizar el endeudamiento de manera responsable, con límites y bajo determinadas modalidades de contratación.

El Registro Público Único de Deuda, deberá contener la información referente a todos los créditos contratados, el deudor, el acreedor, el monto, las tasas de interés, plazos, tipos de garantía que aplicarán y fuente de pago, entre otro datos.

Si el Gobierno Federal interviene para dar garantía a los estados, éstos deberán firmar convenios con la Secretaría de Hacienda, abunda. En tanto, los estados deberán contar con entidades locales de fiscalización; aunado a que prevé sanciones para los funcionarios públicos que hagan uso irregular de la deuda.

Asimismo, determina que la deuda deberá ser avalada por los congresos estatales, por una votación de dos terceras partes de los legisladores, previo análisis y destino del gasto.

Manifiesta que los créditos a corto plazo podrán utilizarse para cubrir necesidades de liquidez, pero sin que el recurso pase del 6 por ciento de los ingresos totales de la administración en cuestión.

Fuente: Noticias MVS.