La presidenta de la comisión de Justicia en el Congreso del Estado, Mayra Chávez Jiménez, presentó esta tarde una iniciativa a fin de diferir el inicio de la vigencia de la Ley de Víctimas para el Estado de Chihuahua pues en primera instancia debe expedirse el reglamento Interno a que se refieren los artículos 17 y 18 en mencionada ley.
En su exposición de motivos, Mayra dijo que el pasado 27 de febrero de 2016 se publicó en el Periódico Oficial del Estado el Decreto No. 915/2015 II P.O. mediante el cual se expidió la Ley de Víctimas para el Estado de Chihuahua, para entrar en vigor al mismo tiempo que el Código Nacional de Procedimientos Penales en el Estado, es decir, el 13 de junio del año en curso.
La Ley en comento, de conformidad con la Ley General de Víctimas, considera la creación del Sistema Estatal de Atención a Víctimas; del Consejo General; de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas del Estado de Chihuahua como órgano desconcentrado de la Fiscalía General del Estado, con autonomía técnica y de gestión, así como de las demás unidades administrativas que prevén dichos ordenamientos legales.
Al respecto cabe destacar que conforme al articulado de la Ley de Víctimas para el Estado de Chihuahua, la Comisión Ejecutiva tiene precisamente el carácter de órgano desconcentrado, con autonomía técnica y de gestión dependiente de la Fiscalía General del Estado, con el objeto de atender a las víctimas de delitos del orden común o de violaciones a los derechos humanos por servidores públicos del ámbito estatal o municipal, del cual dependen el Fondo Estatal, la Asesoría Jurídica Estatal y el Registro Estatal, integrada por el Fiscal General del Estado y cuatro comisionados que durarán en su encargo tres años, contando con un Coordinador Ejecutivo, quien tendrá la representación legal del organismo, mismo que será administrada por un Consejo General que será su máxima autoridad.
A su vez dicho Consejo deberá integrarse por el Fiscal General del Estado y por los cuatro comisionados a que aludimos con anterioridad: dos comisionados propuestos por universidades públicas del Estado y dos más por colectivos de víctimas propuestos por organizaciones no gubernamentales o por la Comisión Estatal de los Derechos Humanos.
Prevé el artículo 17 de la citada Ley estatal, que en el reglamento interno que expida el Ejecutivo del Estado se establecerán las disposiciones para el funcionamiento y desarrollo de las sesiones del Consejo General, la estructura del órgano desconcentrado, así como las demás atribuciones específicas del Presidente del Consejo y del Coordinador Ejecutivo.
Ahora bien, conforme al artículo 18 de la propia Ley Estatal de Víctimas del Estado de Chihuahua, para la designación de los comisionados que integrarán tanto el Consejo General como la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas del Estado de Chihuahua: dos comisionados propuestos por universidades públicas del Estado y dos más representando a colectivos de víctimas a propuesta de organismos no gubernamentales o por la Comisión Estatal de los Derechos Humanos, el Ejecutivo Estatal deberá enviar al Congreso del Estado, previa convocatoria pública, tres propuestas por cada comisionado a elegir, atendiendo al procedimiento que establezca el reglamento interno.
Sin embargo, a la fecha no ha sido expedido dicho reglamento interno, razón por la que la presente iniciativa propone reformar el artículo primero transitorio del Decreto por el cual se expide la Ley de Víctimas para el Estado de Chihuahua, a efecto de diferir su entrada en vigor al día 1º de enero del año 2017; no obstante, a fin de dar cumplimiento a lo preceptuado en el Código Nacional de Procedimiento Penales, la Ley General de Víctimas y la Ley de Víctimas para el Estado de Chihuahua, estamos proponiendo en un artículo segundo transitorio del presente Decreto, que la Fiscalía General del Estado deberá asignar asesores jurídicos de las víctimas que así lo soliciten, los que ejercerán las funciones de asesoría jurídica de conformidad con lo disciplinado por el Código Nacional de Procedimientos Penales y, desde luego, la Ley General de Víctimas y la Ley de Víctimas para el Estado de Chihuahua