Sin cambio alguno, la Cámara de Diputados avaló ayer la reforma que dará paso a la Fiscalía Anticorrupción y cambios al Código Penal Federal para castigar el peculado, el abuso de autoridad, moches y colusión, entre otros delitos.
De esa manera concluyó en San Lázaro la aprobación de las siete leyes secundarias que darían sustento al Sistema Nacional Anticorrupción.
Ambos dictámenes, enviados por el Senado —que fue su cámara de origen— se turnaron al Ejecutivo federal para su promulgación. La sesión duró un poco más de cuatro horas y con ésta se clausuró el periodo extraordinario de los diputados.
El pleno respaldó en lo general la nueva fiscalía con 416 votos. En lo particular hubo 303 legisladores a favor y 102 en contra. Ninguna de las 18 reservas presentadas prosperó.
El Código Penal Federal en materia de combate a la corrupción recibió el visto bueno de 388 diputados. Tampoco en este caso avanzaron los 18 cambios propuestos.
Al presentar el dictamen de la Fiscalía anticorrupción, el presidente de la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados, Álvaro Ibarra Hinojosa, de filiación priista, hizo énfasis en la participación de los particulares en el problema de la corrupción.
Este dictamen forma parte del paquete que expide y reforma siete leyes secundarias relacionadas con el Sistema Nacional Anticorrupción, de las cuales cinco tuvieron su origen en el Senado y dos en la Cámara de Diputados.
Fin a compras fuera de la ley
“Para que el Estado cumpla correctamente sus funciones es necesario una reestructuración que garantice un servicio público de calidad y castigue las expresiones de la corrupción, como el clientelismo y las compras gubernamentales constatadas fuera de la ley, pues estas debilitan la capacidad y legitimidad de las instituciones”, señaló el legislador.
Remarcó que se prevé el castigo al delito de abuso de autoridad cuando se obtenga, exija o solicite sin derecho o causa legítima dé parte del sueldo de uno o más de sus subalternos, “los denominados moches”.
Detalló que se adiciona un tipo penal al uso ilícito de atribuciones y facultades para sancionar al particular que, en su carácter de contratista, permisionario o asignatario titular de una concesión de prestación de servicios públicos de explotación, aprovechamiento o uso de bienes del dominio de la Federación, con el fin de obtener un beneficio para sí o para un tercero.
Fiscalía autónoma
El diputado Ibarra Hinojosa definió que la impunidad es uno de los mayores problemas que enfrenta México.
Detalló que el primer dictamen corresponde a las reformas a la Ley Orgánica de la PGR, que tiene por objeto dotar a la Fiscalía Especializada en materia de delitos relacionados por hechos de corrupción de un andamiaje consolidado para el combate a este tipo de delitos.
El segundo dictamen incluye innovaciones en los tipos penales y en la elevación de sus penas: ayudará a endurecer las sanciones a servidores públicos, pues establece la destitución y la inhabilitación para desempeñar empleo, cargo o comisiones públicas, así como participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas por un plazo de 1 a 20 años en su duración.
En nombre del grupo parlamentario del PAN, el diputado Javier Neblina Vega sostuvo que la creación de esta Fiscalía es uno de los componentes fundamentales del Sistema Nacional Anticorrupción.
La nueva fiscalía
La Fiscalía contará con agentes del MP especializados en la materia y su titular deberá presentar anualmente al titular de la PGR un informe sobre actividades sustantivas y sus resultados, el cual será público.
En el art. primero transitorio se estipula que el decreto entrará en vigor a partir de que el Senado haga el nombramiento del titular de la Fiscalía Especializada.
El nuevo Código Federal Penal en materia de corrupción señala que por el “ejercicio ilícito de servicio público” y el “uso ilícito de atribuciones y facultades”, se establecen sanciones que van de un año de prisión y 30 días de salario mínimo de multa, hasta 14 años de cárcel y mil días de salario mínimo de multa, además de la eventual destitución e inhabilitación para desempeñar un cargo público.
En el título que aborda los “Delitos por hechos de corrupción” se precisa que es servidor público toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en la administración pública federal centralizada o en la Ciudad de México y organismos descentralizados.