El diputado del PRI, Pedro Villalobos Fragoso presentó una iniciativa con carácter de decreto a fin de reformar la ley de reciente creación estatal de Administración y Destino para los bienes relacionados con hechos delictivos.
En este sentido, se busca adicionar una fracción sexta al artículo cuarto de mencionada ley, a efecto de añadir los requisitos para conformar la Comisión para la Supervisión de la Administración y Destino de los Bienes Relacionados con Hechos Delictivos”.
Esta, estaría encabezada por el fiscal general del Estado, un representante del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), el Secretario de Hacienda, el de Salud, los integrantes de la Comisión de Justicia del Congreso del Estado, además del Titular de la Autoridad Administrativa, quien tendrá el carácter de Secretario Técnico de la Comisión y contará solo con voz.
Se considera que dicha Comisión es el órgano garante de la Ley, encomendándosele la supervisión de la administración y el destino de los Bienes. Para lo cual se contempla que sea integrado por las autoridades que pueden tener alguna intervención o que se encuentren relacionadas con el destino de los bienes conexos con un hecho delictivo.
Es de recordar que el 09 de junio del presente año, por medio del decreto 1390/2016 del XIV Periodo Extraordinario, el Congreso del Estado aprobó una nueva Ley, denominada Ley para la Administración y Destino de Bienes Relacionados con Hechos Delictivos para el Estado de Chihuahua.
Dicha Ley tiene como objetivo principal regular la administración y destino de los bienes asegurados, abandonados, decomisados o extintos, así como los que hayan sido embargados, intervenidos o secuestrados, por encontrarse relacionados con hechos delictivos, que deban quedar a cargo de la Autoridad Administrativa.
Esta Ley atiende a las nuevas necesidades surgidas con la entrada en vigor del nuevo Código Nacional de Procedimientos Penales, por medio del cual se transito de un sistema de justicia penal inquisitivo mixto, hacia uno de corte acusatorio-adversarial, estableciéndose un plazo de ocho años para que los Congresos Locales, realizaran las adecuaciones necesarias dentro del ámbito de sus respectivas competencias, a fin de darle positividad en todo el país.
Además el 19 de diciembre del 2002, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, misma que abrogó a la Ley Federal para la Administración de Bienes Asegurados, Decomisados y Abandonados.
Dicho ordenamiento contempla objetivos análogos a la ley local destinada a regular el uso y manejo de los bienes relacionados con hechos delictivos, con la diferencia que en la primera se crea un organismo descentralizado para darle aplicabilidad, y en la ley estatal se lleva a cabo a través de la integración de una comisión, la cual se denomina “Comisión para la Supervisión de la Administración y Destino de los Bienes Relacionados con Hechos Delictivos”
Cabe destacar que el adecuado funcionamiento y aplicación de la Ley para la Administración y Destino de Bienes Relacionados con Hechos Delictivos para el Estado de Chihuahua, está directamente relacionada con la correcta operatividad del Código Nacional de Procedentitos Penales en nuestro Estado, es por este motivo que se pretende proponer la presente iniciativa a fin de que dentro de la Comisión para la Supervisión de la Administración y Destino de los Bienes Relacionados con Hechos Delictivos, se integre al Poder Legislativo, por medio de la Comisión de Justicia, esto en virtud de la importancia del tema, y de los asuntos tratados en dicha Ley.