En sesión extraordinaria, el Congreso del Estado aprobó la Minuta de proyecto de Decreto remitida por la Cámara de Diputados mediante Oficio No. D.G.P.L. 63-II-7-891, en la que se reforma el párrafo segundo del artículo 11 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de asilo y condición de refugiado, quedando de la siguiente manera:
Fue el diputado Rosemberg Loera Chaparro, quién dio lectura a dicho documento, donde señaló que “Toda persona tiene derecho a buscar y recibir asilo. El reconocimiento de la condición de refugiado y el otorgamiento de asilo político, se realizarán de conformidad con los tratados internacionales. La ley regulará sus procedencias y excepciones”.
Con ello se logra garantizar la protección de las personas extranjeras que se ven en la necesidad de realizar un desplazamiento forzado a nuestra nación, ya sea por motivos de orden político o por causas de naturaleza humanitaria.
Cabe señalar que a la fecha la Minuta de Decreto multicitada ya cuenta con la declaración de validez y ha sido publicada en el Diario Oficial de la Federación de fecha 15 de agosto de 2016, debido a que las exigencias contempladas en el artículo 135 de la Constitución Federal se han cumplido.