El Estado mexicano no puede renunciar a su obligación de dar información y educación sexual a niños y jóvenes en bien de su integridad física y emocional, determinó la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Los ministros precisaron que las autoridades deben garantizar a los menores el acceso a métodos anticonceptivos y proporcionar asesoría y orientación sobre salud sexual y reproductiva.
Ninguna de esas acciones resulta inconstitucional, determinaron de forma unánime los integrantes de la Segunda Sala al rechazar una impugnación a diversos artículos de la Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, vigente desde el 5 de diciembre de 2014.
El recurso fue interpuesto por la madre de un menor, Rosario Becerril Alba, quien se inconformó con que el Estado, a través de los maestros y libros de texto, imparta educación sexual sin la participación de los padres.
Proceso