La diputada Rocío Sáenz Ramirez presentó esta tarde una iniciativa con carácter de acuerdo de urgente y obvia resolución a fin de exhortar al titular del Poder Ejecutivo, Javier Corral Jurado, a través de la Secretaría de Salud, para que abra y lleve a cabo una minuciosa investigación sobre el fallecimiento de la adolescente de 15 años de edad, originaria del Municipio de Meoqui luego de dar a luz a una niña en el Hospital Regional de Delicias.
Lo anterior, a efecto de deslindar las responsabilidades civil, penal y administrativa de servidores públicos vinculados con la atención que se brindó a la paciente; y su vez exhortar a Corral Jurado para que le dé vigencia e instaure la operación del órgano desconcentrado denominado Comisión Estatal de Arbitraje Médico, en los términos legales relativos de la Ley Estatal de Salud.
Es de recordar que, el pasado 15 de Noviembre del presente año, en el Municipio de Delicias, Chihuahua, una adolescente de quince años de edad, identificada como Alondra Guadalupe Nieto Gallegos falleció en el Hospital Regional de Delicias, luego de dar a luz a una bebé que en estos momentos se encuentra en terapia intensiva.
La queja la presentaron sus parientes cercanos ante la Visitaduría de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, pues presumen que hubo negligencia médica en el mencionado Hospital, circunstancia que fue la causa directa de la muerte de la adolescente.
No obstante que en la Ley Estatal de Salud, en su artículo 53, ya quedó incorporada la creación de la Comisión de Arbitraje Médico, aunque no ha sido instalada formal y materialmente en los términos establecidos por el Acuerdo del Ejecutivo Estatal número 65, publicado en el Periódico Oficial del Estado número 64, de fecha 12 de Agosto del año 2015.
Para los efectos de un ejercicio transparente de la actuación del Estado, el resultado de la investigación minuciosa que se exhorta, debe ponerse del conocimiento de los parientes de la adolescente fallecida, ya que dicha investigación deberá deslindar las responsabilidades civiles, penales y administrativas; y una vez que se haga del conocimiento, sean los parientes los que determinen que acciones deban ejercitar, ya que en nuestro sistema se establecen vías como la acción de responsabilidad patrimonial del estado y la mediación a través de la Comisión Estatal de Arbitraje Médico.
En los términos del nuevo sistema de Justicia Penal y de la Reforma Constitucional que establece el sistema de medios alternos para la solución de conflictos, a los parientes de la adolescente fallecida se les niega el acceso a la justicia. El caso sería de la competencia de la Comisión Estatal de Arbitraje Médico que formalmente existe pero no opera en la realidad, no obstante que está facultada para recibir quejas, investigar las presuntas irregularidades en la prestación de servicios médicos, emitir opiniones, acuerdos o laudos, que es el caso que nos ocupa.
Se hace necesaria la operación de dicha Comisión, ya que es la institución idónea para atender este tipo de casos a través de la mediación de una manera ágil, gratuita e imparcial, con la finalidad de llevar a cabo procedimientos de arbitraje especializado en beneficio de todas y todos los chihuahuenses usuarios de cualquier servicio médico.
El dolor y la impotencia de los familiares de la adolescente fallecida forma parte de lo que hoy conocemos como un caso de injusticia cotidiana, pues se viola el derecho constitucional del Artículo 1º de nuestra Carta Magna, los demás relativos a los principios constitucionales del sistema de administración de justicia y a las leyes federal y estatal de protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes.
Se trata de la violación de un derecho humano básico y la Comisión Estatal de Derechos Humanos tiene la facultad de emitir Recomendaciones, pero no son vinculantes, de modo que la indefensión y la impunidad, en caso de que los hubiere, son el resultado de una atención presuntamente negligente por parte del Hospital referido.
Pidió comunicar el asunto a la Comisión Nacional de Arbitraje Médico (CONAMED) para su conocimiento y atención procedentes.