El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) dio cumplimiento al fallo protector emitido por el Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado, en el juicio de amparo 403/2013-I promovido por Cynthia Liliana Nájera Nájera contra actos del pleno y del magistrado presidente del poder judicial.
En el 2013, el pleno del TSJ negó la reelección de Nájera Nájera como jueza Octava de lo Civil del Distrito Judicial Bravo, con sede en Ciudad Juárez, toda vez que no alcanzó las dos terceras partes de la votación requerida para permanecer en el cargo.
En dicha ocasión, se presentaron algunas observaciones, como retraso en las sentencias, irregularidades en su situación patrimonial, así como diversas quejas recibidas contra la juzgadora, mientras que ocho de los magistrados emitieron su voto en secreto.
Por este motivo, Nájera Nájera presentó y ganó un amparo que obligó al TSJ a revisar dichas observaciones y a votar nuevamente de manera abierta en el pleno.
Tras dirimir el tema, se emitieron 18 votos a favor y cuatro en contra, por lo que el magistrado presidente, Julio César Jiménez Castro, ordenó que, a partir de esta fecha, la jueza Nájera adquiera el carácter de inamovible.