Piden diputados borrar en 3 meses del Buro de Crédito

Noticias de Chihuahua.-

Los diputados locales aprobaron solicitar al Congreso de la Unión reforma a Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia para robustecer la seguridad jurídica de las personas físicas o morales que sean clientes de la entidades financieras, empresas comerciales y de las Sociedades Financieras de Objeto Múltiple (Sofomes) cuyo historial crediticio pueda desaparecer en la base de datos del Buró de Crédito en tres meses.

La minuta enviada por al Congreso de la Unión fue leída por el diputado Daniel Murguía en la que se establece reformar los artículos 20, 23 y 41 de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, relativo al plazo en el que dichas sociedades están obligadas a conservar y eliminar los historiales crediticios correspondientes a cualquier persona física o moral.

Con ello las sociedades de información crediticia asumirán una responsabilidad por el manejo de datos de los ciudadanos, por lo que la reforma busca robustecer la seguridad jurídica de las personas físicas o morales que sean clientes de la entidades financieras, empresas comerciales y de las Sofomes.

Se obliga al Buró de Crédito, a las entidades financieras, y a las empresas comerciales a actuar con responsabilidad, además de cerciorarse de la relación contractual entre los usuarios y los clientes, pues la realidad demuestra que no basta la existencia de un registro unilateral de información crediticia ya que su sola publicación errónea constituye un daño al ciudadano.

“Aunque las Sociedades de Información Crediticia buscan que exista una menor asimetría de la información, muchas veces perjudican a los nuevos clientes derivado de un uso indebido de los datos. Las Sociedades de Información Crediticia o también llamado Buró de Crédito, las cuales funcionan como una base de datos de información existente entre los consumidores y las instituciones de crédito tienen la finalidad de administrar el riesgo crediticio, se propuso solicitar que en 18 meses, sin embargo al entrar en análisis se considera necesario que se borre de dicho listado en un plazo de tres meses”, establece el dictamen.