Investigan discriminación e persona migrante con discapacidad

Con relación a un video difundido en medios electrónicos, en el que presumiblemente agentes del Instituto Nacional de Migración (INM) habrían maltratado a una persona migrante con discapacidad, el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred) abrió una queja de oficio por un presunto acto discriminatorio.

Estos actos presuntamente atribuibles a agentes migratorios podrían considerarse discriminatorios en términos de lo dispuesto en los artículos 1º, párrafo quinto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 1°, fracción III, 4 y 9 fracciones XIII, XXII, XXIII, XXVII, XXVIII y XXXIV, 20, fracción XLIV y 46 de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación (LFPED).

Este Consejo, sin prejuzgar sobre la veracidad de los hechos referidos en la nota periodística, ha solicitado al INM se adopten las siguientes medidas precautorias: 1) localizar a la persona migrante que se señala en el video difundido a fin de garantizar su integridad físico – psíquica; 2) instruir al personal adscrito al INM que tiene bajo custodia a la persona migrante, para garantizar las condiciones necesarias que, como persona con discapacidad, requiera dentro de sus instalaciones; 3) propiciar la explicación de su versión de los hechos y, de ser procedente, se inicie la investigación correspondiente, asimismo se le explique ampliamente su situación migratoria y se aclaren sus dudas y; 4) no se tome represalia alguna para la persona migrante ni para cualquier otra persona con motivo de la presente queja.

Con fundamento a lo establecido en los artículos 113, fracciones X y XI de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y 14, fracción IV de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, y al encontrarse el expediente de queja en trámite, la información se encuentra en periodo de reserva, sin poder formular opinión pública al respecto hasta el cierre del procedimiento.