Las nuevas fechas atienden a una solicitud de los contribuyentes hecha a través de las instituciones organizadas con las que el SAT ha venido revisando el tema.
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT), informa que en materia de contabilidad electrónica:
La información relativa al catálogo de cuentas con código agrupador y balanza de comprobación de enero de 2015 podrá enviarse a más tardar los días 3 o 7 de abril para personas morales o personas físicas, respectivamente; esto es, en la misma fecha de vencimiento del envío de la información correspondiente a febrero de 2015.
Por lo que se refiere a las pólizas y auxiliares de cuenta deberán generarse con la información correspondiente a las operaciones realizadas a partir del 1 de julio, para entregarlas, cuando el SAT las requiera, con posteridad al 3 o 7 de septiembre de 2015, según corresponda a personas morales o personas físicas, respectivamente.
El Servicio de Administración Tributaria reconoce la participación activa de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, en la atención de las solicitudes de los contribuyentes.
Cabe señalar que la información de las pólizas a las que se hace referencia se envía sólo cuando el SAT necesita verificar información contable o la procedencia de devoluciones y compensaciones.
El día de hoy se publicó en el Portal del SAT, sat.gob.mx, una regla a efecto de brindar la facilidad para presentar la información contable en las fechas antes señaladas, y en los próximos días será publicada en el Diario Oficial de la Federación.
Por último, se informa que los desarrolladores de sistemas de contabilidad electrónica han ofrecido agilizar sus trabajos a fin de ofrecer a los contribuyentes alternativas para cumplir con esta obligación en los próximos meses. El SAT verificará su progreso con el ánimo de que se facilite el cumplimiento de las obligaciones fiscales.