Un Juzgado de Distrito en Materia Administrativa podría resolver un amparo a favor de la organización civil El Poder del Consumidor y declarar inconstitucional la norma del etiquetado de bebidas azucaradas no alcohólicas
Un amparo interpuesto por la organización civil El Poder del Consumidor ante un Juzgado de Distrito puede echar para atrás el nuevo etiquetado en bebidas azucaradas, que entrará en vigor el próximo 1 de julio, alegando “el interés legítimo” de los consumidores, porque, aseguran, atenta contra su salud.
El próximo 26 de junio, un Juzgado de Distrito en Materia Administrativa podría resolver a favor de la organización y declarar inconstitucional la norma del etiquetado de bebidas azucaradas no alcohólicas.
“Estamos pidiendo que el poder judicial exhorte al autor de la norma a que cambie su norma, no sólo que la declare inconstitucional” aseguró el asesor jurídico de El Poder del Consumidor, Javier Zúñiga.
La estrategia está motivada en el fallo que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió a favor de Mexicanos Primero, organización civil que denunció la violación al derecho a la educación por el desvío millonario de recursos del Fondo de Aportaciones a la Educación Básica y Normal, y que sentó un precedente para que cualquier ONG pueda defender los derechos de terceros por un interés legítimo.
En entrevista con Animal Político, el abogado Javier Zúñiga, explicó los cuatro argumentos de este amparo que pone en duda la efectividad de las etiquetas elaboradas por la Cofepris (Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios).
“Lo que estamos pidiendo es que se reconozcan tres violaciones principales: el derecho a la salud de las personas, el derecho a la información de los consumidores, el derecho de progresividad del derecho a la salud y la violación del principio de motivación reforzada” detalló.
La organización asegura que hay una violación al derecho a la salud — principalmente contra personas con diabetes y niños— por que el etiquetado establece un consumo diario de azúcar de 90 gramos o 18 cucharadas cafeteras, excediendo la recomendación de la OMS (Organización Mundial de la Salud), que fija un consumo diario de 50 gramos o 10 cucharadas, además de que el etiquetado mexicano no distingue entre azúcares naturales y añadidas, es decir las que el cuerpo no necesita para sobrevivir.
Un segundo argumento de El Poder del Consumidor es la desinformación que producen las etiquetas en la población porque, asegura, son inentendibles e incluso engañosas ya que sustituyen los gramos de azúcares por calorías, dificultando el cálculo para la población en general.
El amparo alega también que no hay “progresividad” en los derechos sociales, económicos y culturales, porque atenta directamente contra la salud de quienes consumen bebidas azucaradas.
De acuerdo con el abogado Zúñiga el etiquetado frontal de las bebidas viola el principio de motivación reforzada, lo que significa que toda autoridad que crea una norma que viola derechos fundamentales tiene la obligación de justificar por qué lo está haciendo.
La prueba de esta acusación, asegura, es la respuesta de Cofepris a una solicitud de información donde se solicitan los criterios o estudios para elaborar las etiquetas, a la cual la dependencia aseguró que la información es inexistente.
“¿Quiénes fueron sus expertos? ¿en qué estudio se basaron para determinar que estos eran los mejores criterios? Dijeron que es inexistente, no hubo mesas de trabajo, no hubo científicos, no hubo nada” detalló el asesor jurídico de El Poder del Consumidor.
El pasado martes 16 de junio la Alianza por la Salud Alimentaria dio a conocer un estudio preliminar sobre el efecto del Impuesto Especial sobre Protección y Servicios (IEPS) a las bebidas azucaras, en el que se detectó una reducción de compra del 6%, llegando casi a 12% al final de 2014, por lo que exigieron que el impuesto suba del 10 al 20% como una medida ideal para cambiar los hábitos alimenticios de los mexicanos.
Animal Político