Alejandro Villarreal Aldaz, Secretario General de la Sección 8 del SNTE, presentó esta mañana ante la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) una demanda por violaciones a derechos humanos en su contra por parte de un medio digital. La denuncia fue recibida directamente por José Luis Armendáriz González, Presidente del organismo derecho-humanista.
El dirigente de la Sección 8 del SNTE, acudió a las oficinas de CEDH acompañado de su abogado, el Lic. Ariel Vega Guillén, quien se encarga de llevar el caso ante la Comisión Estatal de Derechos Humanos y las instancias correspondientes. A su vez, el Mtro. Villarreal Aldaz, señaló que en este momento analiza la posibilidad de presentar una demanda en la instancia civil, con el propósito de que sea reparado el daño moral y solicitar un monto aún no determinado.
La demanda se fundamenta en el artículo 6° fracción segunda numerales 26, 27 y demás relativos a la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos por una serie de calumnias y alusiones que ponen en riesgo la vida de Villarreal, así como de su familia. La denuncia es en contra de una casa editora que produce un medio digital, que publicó una información sin sustento y de la cual decidió omitir su nombre.
Reiteró que la denuncia se interpone en base a los siguientes agravios:
1.- El 5 de marzo del presente año la hoy reclamada publicó en su sitio electrónico una nota en las cuales imputa y materializa hechos que son violatorios de los derechos humanos y fundamentales en perjuicio de un servidor, al proferir afirmaciones calumniosas, parciales y carentes de cualquier sustento. Si bien es cierto, la Carta Magna consagra y protege en su artículo 6° la libre manifestación de las ideas, también señala que la limitante a dicha prerrogativa es el caso de que ataque a la moral y vida privada de terceros, tal y como sucedió en este caso en concreto, sin que al menos dicha casa editora hubiese respetado el derecho de réplica y consagrada en nuestra ley fundamental.
2.- En la publicación objeto de la presente inconformidad, la hoy reclamada utiliza términos por demás peyorativos, así como adjetivos calificativos, discriminatorios hacia mi persona, tales como prófugo del gis, maestritos, entre otros, en un franca intención de denostar tanto la labor que el suscrito desarrolla, como la dignísima función del magisterio el cual tengo el enorme orgullo de representar desde el año 2011, en el que tuve el alto honor de ser designado como secretario general.
3.- Con respecto a la exigencia a un juzgado de lo familiar para reducir el monto, que por concepto de pensión alimenticia que otorgo a favor de mi menor hija, me permito a manifestar lo siguiente: siempre he sido respetuoso de las leyes y de las instituciones encargadas de vigilar su cumplimiento, dicho procedimiento no obedece a una actitud deshumana como me califica el medio digital, como falsamente se me pretende atribuir, sino todo lo contrario, ya que esto surge de mi profunda preocupación sobre la situación que guarda mi menor hija ante el hecho de una administración irregular y poco clara de los recursos que quincena con quincena aporto para que sean utilizados en la manutención de ella y ante el temor fundado de que los mismos están siendo aplicados en conceptos que no tienen nada que ver con las necesidades primarias de la real beneficiaria, motivo por el cual inicié un procedimiento de carácter legal ante las instancias correspondientes con la intención que sean estas quienes decidan si los recursos que su servidor aporta a favor de mi hija son aplicados realmente a satisfacer sus necesidades y si no están siendo desviados en otros intereses. Se interpone un recurso para adquirir la patria potestad de mi hija.
4.- En la multicitada publicación también se señala de manera falsa y por demás irresponsable que al suscrito le pertenecen seis plazas y que tengo en propiedad una granja de lujo, vehículos costosísimos blindados y de último modelo, varias casas de valor millonario y que supuestamente realizó múltiples viajes a todo el mundo, afirmaciones que dañan mis derechos humanos y fundamentales, mi honor, mi reputación e integridad moral y que desde este momento me permito negar categóricamente por su falsedad. En este sentido me permito confesar que su servidor única y exclusivamente tengo en propiedad una vivienda adquirida mediante la herencia adquirida a raíz del fallecimiento de mi señor padre y la actual vivienda en la que vivo desde hace 35 años. Hecho que puedo probar con el instrumento notarial respectivo. En el caso de los vehículos que tengo solamente bajo mi resguardo, el oficial del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación de la Sección 8, el cual de ninguna manera tiene características de blindaje o que tenga valores supuestamente millonarios. En el caso de los viajes que realizó, lo hago estrictamente en lo que respecta a mi función y tarea como líder sindical me exige.
5.- La hoy reclamada omite señalar, tal y como lo ordena la ley en materia de Radiodifusión al periodista responsable de emitir dichas afirmaciones, al colocar de manera simplista redacción 1, lo que revela la profunda irresponsabilidad y ausencia del profesionalismo en el actuar periodístico de la casa editora de la cual se omite su nombre, pero que es del estado de Chihuahua, de la cual exijo me sea respetado el derecho de réplica a efecto de aclarar cada una de las imputaciones falsas e insidiosas que se hacen sobre mi persona.
Alejandro Villarreal aclaró que toda su vida se ha desarrollado con dedicación, esfuerzo y completa integridad, razón por la que considera que la nota publicada con fecha del 5 de marzo del 2015, lesiona gravemente su honorabilidad, integridad moral e incluso pone en severo riesgo su integridad física al colocarlo en una situación vulnerable.
Solicitó a la CEDH para que inicie la investigación por violaciones a sus derechos humanos y se le requiera a la casa editora rinda el informe correspondiente a fin de que sean atribuidas las responsabilidades que resulten al caso que se plantearon en la demanda interpuesta esta mañana.
El dirigente del magisterio federal presentó como prueba, la información publicada en el medio digital con fecha del 5 de marzo del 2015.
Por su parte, José Luis Armendáriz González, Presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, recibió la demanda y señaló que de “acuerdo a los aspectos legales planteados en materia internacional de derechos humanos, el derecho al buen nombre, es un derecho intrínseco a toda persona en el que se establece el derecho de réplica y de rectificación que están obligados los medios de comunicación a atender cuando se considere que alguna persona ha sido objeto de una información que no es verídica.