La Cámara de Diputados recibió una minuta que garantiza acceso y disfrute de la seguridad social al cónyuge del asegurado, del mismo sexo, que cuenta con esta prestación en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y en el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).
El documento modifica diversas disposiciones de las leyes del IMSS y del ISSSTE, donde se define a los cónyuges como los integrantes de matrimonios heterosexuales y del mismo sexo.
Se busca cumplir con los principios de igualdad y no discriminación previstos en la Constitución, y superar y evitar cualquier interpretación y aplicación discrecional que se aleje del contenido y esencia de las instituciones de seguridad social.
Establece que a la viuda del asegurado o asegurada, se le otorgará una pensión equivalente al cuarenta por ciento de la que hubiese correspondido a aquél, tratándose de incapacidad permanente total, y resalta que tendrá derecho a la pensión de viudez a la que fue esposa del asegurado o pensionado o de la asegurada o pensionada por invalidez.
La minuta se enviará a las comisiones de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social, una vez que estos órganos se integren.