La 68 Legislatura del Congreso de Chihuahua aprobó el dictamen de decreto que contiene la Minuta emitida por la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, para reformar la Constitución Política de México, en materia de igualdad sustantiva, perspectiva de género, derecho de las mujeres a una vida libre de violencia y erradicación de la brecha salarial por razones de género.
Fue la Comisión de Igualdad, en voz de la diputada Leticia Ortega (MORENA), el órgano encargado de presentar el dictamen ante el Pleno Legislativo, que entre sus principales objetivos está el reconocimiento del derecho a la igualdad sustantiva, el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia y la perspectiva de género como herramienta para la transformación de las relaciones de opresión, violencia y desigualdad.
Es decir, la adecuación constitucional, busca reconocer y garantizar la igualdad sustantiva para las mujeres en todos los ámbitos de la vida entre estos, a una vida libre de violencia de género, a la paridad en los nombramientos de las personas titulares de la administración pública, así como para reducir y erradicar la brecha salarial de género.
Por todo lo anterior, en la Minuta se plantea reformar los artículos 4o., párrafo primero; 21, párrafo noveno; 41, párrafo segundo; 73, fracción XXI, penúltimo párrafo; 116, fracción IX; 122, Apartado A, fracción X, y 123, Apartado A, fracción VII y Apartado B, fracción V; y adicionar un último párrafo al artículo 4o. y un segundo párrafo a la fracción IX del artículo 116, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Cabe mencionar que de acuerdo a los artículos transitorios, el Congreso de la Unión deberá armonizar el marco jurídico correspondiente en un plazo que no excederá de 90 días a partir de la entrada en vigor del mismo, debiendo incluir disposiciones que determinen los alcances y permitan dar cumplimiento gradual conforme a lo que se apruebe en los presupuestos de egresos correspondientes, así como las atribuciones y obligaciones necesarias para garantizar los derechos derivados del presente Decreto; y las entidades federativas, deberán armonizar el marco jurídico correspondiente para adecuarlo conforme a las modificaciones, en un plazo que no exceda de 180 días a partir de la entrada en vigor del mismo.
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