Aprueba IEE lineamientos para promoción del voto

Noticias de Chihuahua.-

De acuerdo a las disposiciones de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua en materia de promoción del voto, el Consejo Estatal del Instituto Estatal Electoral (IEE), durante la primera sesión ordinaria, aprobaron los lineamientos para la promoción del voto por parte de organizaciones ciudadanas durante los procesos electorales ordinarios a celebrarse en 2015-2016.

Estos lineamientos son de observancia general para todas aquellas organizaciones de la sociedad civil que promuevan la participación ciudadana dentro del territorio estatal durante el Proceso Electoral.

Con este objeto, se aprobaron los siguientes lineamientos:

➢ Sobre las actividades que realicen las organizaciones ciudadanas para la promoción del voto, tendrán como finalidad fomentar la participación ciudadana en los procesos que requieran consulta pública, así como fortalecer los valores, prácticas e instituciones de la democracia. Ser imparciales, no incidir en las preferencias electorales, ni generar confusión, además de respetar en todo momento las características que por ley tiene el sufragio efectivo las cuales son: universal, libre, secreto, directo, personal e intransferible.

➢ El Consejo Estatal del Instituto Estatal Electoral, será la instancia encargada de vigilar el cumplimiento de las anteriores disposiciones y para ello, contará con la colaboración de las asambleas municipales y la Coordinación de Capacitación Electoral y Educación Cívica del IEE.

➢ El Consejero Presidente del Instituto emitirá durante el mes de enero del año de la elección, la convocatoria para la inscripción de aquellas organizaciones interesadas en la promoción del voto o en realizar actividades conjuntas con el Instituto.

➢ Las organizaciones ciudadanas interesadas en participar en la promoción del voto deberán presentar solicitud ante las Asambleas Municipales o en las oficinas centrales.

➢ Las estrategias, materiales y demás elementos que desarrollen las organizaciones ciudadanas deberán ser remitidos previamente a su difusión, a la Coordinación de Capacitación para su análisis.

➢ La Coordinación presentará informes al Consejero Presidente del IEE sobre los avances de las organizaciones, así como de cualquier violación para que se inicie el procedimiento administrativo.

➢ Las organizaciones podrán sumarse a las labores de promoción del voto que realiza el Instituto, las cuales contarán con la ayuda de este, mismos que en ningún momento tendrán que ver con asignación de tiempos de radio y televisión que le corresponden al Instituto.

➢ Las organizaciones ciudadanas tienen como única función fomentar la participación ciudadana en los procesos que requieran consulta pública, por lo que tienen prohibido toda acción que pueda configurarse como acto de campaña o precampaña, propaganda electoral y demás situaciones que solo competen a los propios partidos políticos, candidatos, precandidatos o aspirantes.

➢ No podrán obtener la calidad de promotoras del voto, aquellas organizaciones que tengan directa o indirectamente vínculos con aspirantes, precandidatos, candidatos o partidos políticos.

➢ En la promoción del voto queda prohibido cualquier acto que genere confusión, presión o coacción a los electores, además de promocionar el voto ciudadano por parte de cualquier autoridad gubernamental federal, local, municipal o del Distrito Federal, o entes públicos de los tres órdenes de gobierno o sus servidores públicos, ni órganos constitucionales autónomos distintos del Instituto. Tampoco podrán pronunciarse a favor o en contra directa o indirectamente contra partido político, candidato, precandidato o aspirante, programa legislativo o de gobierno.

➢ Para el cumplimiento de los citados lineamientos, el Instituto Estatal Electoral contará con el apoyo y colaboración de las autoridades federales, estatales y municipales.