Aprueban 4% de aumento al predial en la capital para el 2016

Noticias de Chihuahua.-

El Congreso del Estado aprobó con 7 votos en contra de los dipytados del PAN, la modificación promovida por el ayuntamiento de Chihuahua con respecto a las Tablas de Valores Unitarios de Suelo y Construcciones que servirán de base para la determinación del valor catastral y el cálculo de las contribuciones en materia de propiedad inmobiliaria, durante el ejercicio fiscal comprendido del 1° de enero al 31 de diciembre de 2016.

A propuesta del ayuntamiento de Chihuahua, partir del 1° de enero del año 2015, deberá actualizarse el valor de cada una de las cuentas del padrón catastral con base en las Tablas autorizadas, sujetándose a un 4% de aumento con relación al 2015.

La autoridad catastral municipal, aplicará el 4% para determinar los valores base para el cálculo del Impuesto Predial y los valores actualizados si dichos predios fueron revaluados por haber tenido cambios físicos o de urbanización que afecten su valor, entendiéndose por cambio físico, la alteración de las características físicas de un predio como: construcciones, reconstrucciones, remodelaciones, ampliaciones, demoliciones parciales o totales, o cualesquiera otra que afecte el valor del predio; y por cambio de urbanización, la modificación de las obras y demás servicios públicos municipales que afectan el valor del predio.

Sobre el Impuesto Sobre Traslación de Dominio de Bienes Inmuebles, la autoridad catastral deberá multiplicar el valor base por 4% y el resultado de esta operación será la base para el cálculo del Impuesto Sobre Traslación de Dominio de Bienes Inmuebles, para el ejercicio 2016, siempre y cuando dicho resultado sea mayor que el valor previsto en las fracciones I y III del artículo 158 del Código Municipal para el Estado de Chihuahua. .

La asignación y actualización del valor catastral de inmuebles se efectuó conforme a las tablas de Valores Unitarios de Suelo y Construcción y con apoyo en la Información resultante de:

Por declaración del contribuyente, sujeta a la aprobación de la autoridad municipal;
Por avalúo directo realizado por un perito valuador debidamente registrado o autorizado ante el Departamento Estatal de Profesiones.
Valuación directa en base a la información recabada por la Autoridad Catastral Municipal, mediante inspección física, estudios técnicos directos o por medios indirectos como la fotogrametría, aerofotogrametría e imagen satelital.