Cierra registro de coaliciones el 11 de febrero

Noticias de Chihuahua.-

De acuerdo a los lineamientos emitidos por el Instituto Nacional Electoral (INE/CG928/2015) para el presente Proceso Electoral ordinario, los partidos políticos podrán celebrar convenios de coalición teniendo como fecha límite hasta el momento en que se inicie la etapa de precampañas, es decir, el 11 de febrero.

Según el informe IEE/CE06/2015 emitido por el Consejero Presidente, Arturo Meraz González, durante la Primera Sesión Ordinaria del presente año, dichos lineamientos establecen las diversas modalidades de coalición previstas en la Ley General de Partidos Políticos, a saber:

• Coalición total: Donde se postula la totalidad de los candidatos en un mismo proceso electoral local, bajo una misma plataforma electoral. Cuando se coaliguen de forma total para la elección de Diputados Locales, deberán coaligarse para la de Gobernador.

• Coalición parcial: Al postular al menos el 50% de las candidaturas en un mismo proceso electoral local, bajo una misma plataforma electoral.

• Coalición flexible: para postular al menos el 25% de las candidaturas de un mismo proceso electoral.
La temporalidad establecida en los lineamientos, señalan que los partidos políticos podrán celebrar convenios hasta la fecha en que inicie la etapa de precampañas y deberán considerar el principio de paridad de género en las candidaturas.

En todo caso, cada partido deberá registrar listas propias de candidatos por el principio de representación proporcional. De igual manera, cada partido conservará su representación ante el IEE y ante las mesas directivas de casilla.

El Presidente someterá el proyecto de resolución a consideración del Consejo Estatal, quien resolverá a más tardar dentro de los 10 días siguientes a la presentación de la solicitud. El convenio podrá ser modificado a partir de su aprobación y hasta un día antes del inicio del periodo para el registro de candidatos.

Finalmente, una vez concluida la etapa de resultados y declaración de validez de las elecciones locales, terminará la coalición sin necesidad de declaratoria alguna; sin menoscabo de que el órgano responsable de la administración de los recursos de la coalición responda ante el área responsable de la fiscalización en todo lo relativo a la revisión de los informes de los gastos de campaña, en los términos que establezcan las disposiciones legales y reglamentarias aplicables.