Ante los penosos hechos que se registraron en la ciudad hace unos días con la divulgación de un video que exhibe a una pareja de menores de edad en acto sexual cometido en área pública, la Regidora Secretaria de la Comisión de Educación y vocal de la Comisión de la Mujer y la Familia Martha Elena Ramírez Batista consideró es urgente que el Congreso del Estado reforme el Código Penal para el Estado de Chihuahua y tipifique el sexting como delito.
“Consideramos que es muy grave que el video se haya difundido en la web porque ha afectado la dignidad y el derecho de las personas, pero ha provocado más daño a la menor de edad ya que ha sido objeto de burla y señalamientos, por lo que el Poder Legislativo debe considerar estas circunstancias como un referente para que la Comisión de Justicia atienda con mayor urgencia este tema” dijo.
Asimismo hizo un llamado al Consejo Estatal de los Derechos de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia a que promueva la investigación científica en esa materia y formule las leyes que tengan como propósito prevenir y erradicarla.
El Estado y los municipios tienen instancias especializadas para defender, asistir y brindar protección a las mujeres víctimas de violencia así como dar seguimiento a los casos registrados a fin de procurar el respeto al derecho de ellas. También solicitó que el Instituto Municipal de las Mujeres aplique programas efectivos para darles atención a aquéllas que están en situación de sexting, como el recientemente ocurrido en la ciudad.
“Estamos convencidos que antes que remedir es más efectivo educar y prevenir situaciones en las que se pone en riesgo la integridad de las mujeres. Por desgracia el sexting no se ha tipificado como delito y los casos denunciados ante la Fiscalía quedan impunes ante la inexistencia de una ley que penalice la difusión de videos en la red” dijo la Regidora Ramírez.
Al tipificar el sexting como delito el Artículo III del Código Penal del Estado de Chihuahua se convierte en garantía la protección de la mujer a la violencia y se refuerza el Artículo 3 del Bando de Policía y Buen Gobierno que textualmente señala: preservar la dignidad de la persona humana y en consecuencia las garantías individuales establecidas en el Título Primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.