Recuerda IMSS a pensionados comprobar supervivencia semestralmente

Noticias de Chihuahua.-

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en Chihuahua, exhorta a su población pensionada para que atiendan en tiempo la única obligación que ahora tienen con el Instituto,  que es la de acudir cada seis meses a comprobar supervivencia, con el fin de que no se suspenda la entrega del monto de pensión.

Recuerda IMSS que los pensionados por cualquier causa -vejez, cesantía, invalidez, viudez, orfandad o por riesgo de trabajo-, deben acudir cada seis meses a comprobar supervivencia al área de Prestaciones Económicas de la Unidad de Medicina Familiar (UMF) de su adscripción.

Este llamado lo hace la institución a través del área de Prestaciones Económicas, toda vez que a partir del mes de mayo, el sistema da de baja en forma automática a los pensionados que no acudieron a comprobar supervivencia en el día límite que le fue señalado en su último recibo.

Añadió que a pesar de que al acudir a comprobar supervivencia, se les entrega el volante de pago donde viene coloreada la fecha límite siguiente en que deben realizar el trámite -a los seis meses-, a muchos pensionados se les “olvida” ir, y lo recuerdan al momento de ver en el cajero automático que no se refleja el pago; es entonces cuando buscan cumplir con el requisito.

Al no comprobar supervivencia la pensión se suspende; y ésta se reactiva cuando el pensionado acude a realizar el trámite, sin embargo, el pago retroactivo se verá depositado hasta el siguiente mes, una vez que se le reincorpore a la nómina.

El motivo por el cual el Instituto solicita cumplir con este requisito cada seis meses es para tener la certeza de que los pensionados siguen con vida y están recibiendo dicha prestación. El trámite lo hace directamente el pensionado llevando la credencial ADIMSS u otra identificación oficial como lo es la credencial de elector.

Si el pensionado no puede acudir personalmente por motivos de salud, debe enviar una carta del médico donde indique porque no puede presentarse, además una identificación del pensionado y de quien vaya en su representación. La carta no debe ser mayor a 48 días de haber sido expedida; en caso de que el interesado esté en algún Centro de Readaptación Social

Asimismo, si el interesado está recluido en algún Centro de Readaptación Social, puede enviar una carta donde las autoridades del lugar indiquen que si se encuentra en ese lugar. Éste documento no debe tener una expedición mayor a los 30 días. Debe presentarse también la identificación oficial del pensionado y de quien realizara el trámite.

El Seguro Social exhorta a los pensionados para que acudan con tiempo y cumplan con el simple requisito; sólo les llevará un minuto realizarlo y a cambio tendrán la seguridad de que recibirán la prestación en tiempo y forma.