Durante la sesión pública número 42 del Pleno del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua (TEE), celebrada la tarde de este jueves, se resolvieron *13 medios de impugnación*, mismos que se suman a los 63 juicios de inconformidad relativos al Proceso Electoral Extraordinario para elegir a personas juzgadoras del Poder Judicial del Estado, que previamente han sido resueltos en las últimas cuatro sesiones.
De los 13 medios de impugnación sesionados el día de hoy, 3 de ellos fueron votados por unanimidad; 2 de ellos votados por mayoría, es decir 2 de las 3 magistraturas, estuvieron a favor de los proyectos; y uno (JIN-255) fue votado en contra por dos magistraturas, por lo que el nuevo proyecto de sentencia deberá ser presentado por una magistratura distinta.
Los juicios de inconformidad registrados bajo la clave 296, 303 y 368 fueron aprobados por *unanimidad*, los cuáles fueron presentados de manera extemporánea, es decir, después de los 4 días que la Ley Reglamentaria en la materia brinda para presentar el medio de impugnación, una vez que se hayan entregado las constancias de mayoría a los juzgadores electos, por lo que se procedió a su desechamiento.
En los medios de impugnación de clave 285, 308, 324, 339, 352, 362, 366, 367 y 386, fueron aprobados por *mayoría* con 2 votos a favor 1 voto en contra, mismos que también fueron declarados improcedentes y en consecuencia, desechados al ser presentados de manera extemporánea.
Mientras que el juicio de inconformidad registrado bajo la clave JIN-255, el proyecto de sentencia fue votado en *contra* por 2 de las 3 magistraturas, el cual fue presentado por una candidata a jueza penal del Distrito Judicial Benito Juárez, en contra de la asignación de cargos a juezas penales de las cinco candidatas del citado Distrito que resultaron con mayor votación, el proyecto proponía el desechamiento del JIN por improcedente, sin embargo, dos magistraturas estuvieron en contra de su desechamiento, ya que a su criterio debe estudiarse el fondo del juicio, por lo que una magistratura diferente será la encargada de presentar una nueva sentencia.
También este día, la Sala Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, confirmó la sentencia emitida por el TEE en el expediente de clave JIN-207/2025, por lo que *validó la asignación* del cargo de persona juzgadora de primera instancia en materia laboral del Distrito Judicial Benito Juárez (Ciudad Cuauhtémoc).
El caso fue promovido por una candidata que participó en dicha elección y que argumentó, entre otras cosas, que el *diseño de la boleta electoral* era confuso y generaba incertidumbre sobre cómo emitir el voto, lo cual —a su juicio— debía considerarse una violación al principio de certeza que justifica la nulidad de la elección. También sostuvo que al ser un cargo único debió haberse reservado exclusivamente para una mujer, con base en el principio de paridad de género.
La Sala Regional Guadalajara coincidió con lo resuelto por el TEE, al considerar que estos argumentos eran parcialmente improcedentes.
Determinando que cualquier inconformidad sobre el diseño de la boleta debió presentarse en el momento en que se aprobó formalmente su contenido, no después de celebrada la elección. Además, concluyó que el diseño no afectó la validez del voto.
En cuanto al argumento sobre *paridad de género*, se determinó que la asignación del cargo se hizo conforme a las reglas previamente aprobadas, las cuales indican que cuando hay solo un cargo disponible, este debe asignarse a la persona con *mayor votación*, sin distinción de género.
En este caso, la candidatura que recibió la mayor cantidad de votos correspondía a un hombre, y en consecuencia, obtuvo la constancia de mayoría.
Source: Local