Amparada en el respeto a la libertad de expresión de los partidos políticos, el apego a la apariencia del buen derecho y resoluciones previas del Tribunal Electoral, la Comisión de Quejas y Denuncias del INE validó este lunes la entrega de las tarjetas IBU, con las que la coalición Por México al Frente, que abandera Ricardo Anaya, promete la entrega de mil 500 pesos mensuales en caso de ser elegido presidente.

Por unanimidad, los consejeros integrantes de dicha comisión, Adriana Favela, Claudia Zavala y Benito Nacif, desecharon la denuncia impuesta por el PRI y Morena, que argumentaron una presunta intención de compra o coacción del voto derivada de la repartición de las tarjetas correspondientes al programa Ingreso Básico Universal (IBU) propuesto por Anaya.

La resolución fue la siguiente: “El INE declaró improcedente la denuncia porque, bajo la apariencia del buen derecho, las tarjetas y folletos que las acompañan forman parte de una estrategia de comunicación del candidato denunciado para dar a conocer sus propuestas de campaña con el fin de captar adeptos y simpatizantes”.

Los consejeros concluyeron que la entrega de dichas tarjetas no implica “la entrega de un bien o servicio que permita presumir que se ejerce presión al elector para obtener su voto, sino que se está ante hechos futuros de realización incierta, condicionados al triunfo electoral del candidato en el marco de promesas de campaña”.

En sentido diametralmente opuesto, la consejera Pamela San Martín, presente en la sesión sin derecho a voto, por no pertenecer a la Comisión de Quejas y Denuncias, se dijo convencida de que la entrega de estas tarjetas es violatoria de la ley, y citó la quinta fracción del artículo 209 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales Federal, que dice:

“La entrega de cualquier tipo de material, en el que se oferte o entregue algún beneficio directo, indirecto, mediato o inmediato, en especie o efectivo, a través de cualquier sistema que implique la entrega de un bien o servicio, ya sea por sí o interpósita persona, está estrictamente prohibida a los partidos, candidatos, sus equipos de campaña o cualquier persona. Dichas conductas serán sancionadas de conformidad con esta Ley y se presumirá como indicio de presión al elector para obtener su voto”.

En palabras propias, la consejera San Martín argumentó: “No considero que estamos ante un acto amparado en la libertad de expresión ni ante una propaganda de campaña lícita, sino ante un sistema que oferta beneficios que están prohibidos en la ley. Donde hay coacción o hay presión, no hay libertad. Es antítesis de la libertad.

“Me parece muy preocupante que esto se esté amparando en la libertad de expresión de los partidos políticos. Ahora resulta que la libertad de expresión ampara la libertad de presionar la libertad de coaccionar el sentido del voto. Esa no es una de las libertades consagradas por la Constitución”, condenó.

La entrega de tarjetas que prometen dinero a cambio del voto, continuó sin titubear, contraviene la formación de una opinión libre y coacciona al electorado.

“No comparto que digan que no hay beneficio. La tarjeta señala que el poseedor de la tarjeta será un beneficiario del programa. Textual. No estamos ante una promesa de campaña, sino ante la oferta de un beneficio”, sentenció Pamela San Martín.

Fuente: Proceso