Por violar el derecho de los consumidores a ser informados de forma comprensible, visible y veraz sobre los productos que ponen en riesgo la salud, un juez federal declaró inconstitucional el sistema de etiquetado frontal de alimentos y bebidas diseñado por la Cofepris y la Secretaría de Economía, informó Excélsior.
De esta forma el Poder Judicial de la Federación ordenó al gobierno federal modificar el sistema de etiquetado frontal de alimentos para que se distinga en forma clara la cantidad específica de azúcares añadidos que podrían resultar dañinos para la salud del consumidor.
También deberá introducir una advertencia en el etiquetado frontal de alimentos sobre el riesgo a la salud que existe para la infancia y los adultos por consumir el producto en forma habitual por exceder la cantidad diaria recomendada por la Organización Mundial de la Salud.
El juez Fernando Silva García, titular del Juzgado Octavo de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, señaló que el etiquetado como está actualmente es impreciso e impide conocer la cantidad real de azúcar que contienen los productos en perjuicio del consumidor.
El derecho fundamental a la salud de los consumidores, reconocido en los artículos 4 y 28 constitucionales, así como en diversos tratados internacionales, tiene una eficacia reforzada ante el contexto social de emergencia por causa de la epidemia de diabetes y obesidad, que es la principal causa de muerte en mexicanos, de acuerdo con el reporte del Inegi con más de 90 mil muertes al año”, destaca la sentencia.
Silva indicó que el sistema normativo de etiquetado no permite identificar cuánta azúcar dañina contiene un producto, ya que en las etiquetas sólo se muestran los llamados “azúcares totales” de modo que dicho concepto tiende a ocultar el porcentaje del azúcar perjudicial.