Senado aprueba Ley que contempla liberación de presos por portación de mariguana

El pleno del Senado de la República aprobó esta tarde la Ley de Ejecución Penal con 113 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones, con la que se busca regular los derechos y las obligaciones de los presos en el país.

La ley establece normas y reglas para regular las normas que habrán de observarse durante el internamiento de las personas. Así como sus medios para lograr la reinserción social. En el año 2010, había 206 personas encarceladas por cada 100 mil habitantes, refirieron legisladores del Partido de la Revolución Democrática (PRD).

En esta nueva legislación también contempla la liberación anticipada de presos procesados por robo menor, los cuales son conocidos como “robos por hambre”, cuyo valor de lo robado no exceda los 80 salarios mínimos y cuando no haya mediado ningún tipo de violencia. “Se establecen estos beneficios por robo de montos menores. Muchas de estas personas han tenido robo incluso por necesidad. Lo que buscamos es que puedan salir de forma anticipada”, aclaró el presidente de la Comisión de Justicia, el panista Fernando Yunes Márquez.

Asimismo podrán ser liberadas de forma inmediata las personas que hayan sido detenidos hasta con cinco kilos de mariguana (incluyendo las mujeres denominadas “mulas”), siempre y cuando “en la comisión del delito no haya mediado ningún tipo de violencia, ni la concurrencia de más delitos”. “En el caso de la posesión de mariguana, insisto, simple posesión, cuando no exceda los 5 kilos podrán tener beneficios”, dijo el Senador Yunes.

En ambos casos, explicó Yunes, las personas deberán llenar ciertos prerrequisitos y una evaluación hecha por el órgano desconcentrado en materia de prevención. “Los beneficios no son automáticos, sino que las personas pueden tratar de aducirlos y salir [de forma anticipada]”.

Durante su intervención, Yunes Márquez, recordó que la iniciativa nació como una reserva de Ley en el 2008. Con la legislación el uso de las instalaciones será distinto tanto para hombres y mujeres, como para sentenciados y procesados.

Las mujeres tendrán derechos específicos a su género, así como los niños y niñas que nazcan en estos centros penitenciarios.

“Se regulan las obligaciones y los derechos de las personas sentenciadas que han obtenido alguna medida de libertad condicional. Ya no será el trabajo el único incentivo para su beneficio, sino un plan de actividades productivas a través del autoempleo, a cuenta de terceros por contratación, o a través de actividades productivas para el sistema de reinserción. Las personas podrán optar de acuerdo a sus preferencias ocupacionales”, dijo Yunes.

De acuerdo con Yunes esta Ley detalla que las personas sentenciadas por delitos como secuestro y delincuencia organizada serán recluidas en penales especiales a las personas presas por delitos distintos.

La Senadora perredista, Dolores Padierna Luna, apuntó que la Ley es necesaria para transitar de un sistema violatorio de derechos humanos a uno que busca la reinserción de las personas privadas de su libertad.

“Hay que advertir que las condiciones en las cuales se encuentran los sectores de vulnerabilidad. Uno de ellos es el de los grupos con discapacidad”.

La iniciativa consta de 207 artículos, desarrollado en seis títulos, así como 12 artículos que conforman su régimen transitorio. “Se sientan las bases para que se asegure el cumplimiento de la pena de prisión, sin menoscabo de la dignidad de las personas”, dijo Fernando Yunes.

La Ley regula la atención médica dentro de los centros, la actividad física y la educación. “La Ley contempla la libertad anticipada. Siempre y cuando se cumpla con ciertas condiciones”, explicó el panista.

Esta Ley fue aprobada por el Senado en lo general y en lo particular, por lo que ahora será remitida a la Cámara de Diputados para su revisión y eventual aprobación.

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