Con respecto a las elecciones a diputados federales en Chihuahua, Jalisco y Sonora son las que registran un mayor número de juicios presentados; en cuanto al número de distritos, se impugnaron el 80%, es decir, 48 de los 60 distritos electorales que se encuentran en la circunscripción; en el caso del Estado de Nayarit, se impugnó la totalidad de los distritos electorales.
La Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) está lista y preparada para resolver los 73 Juicios de Inconformidad presentados por diversos partidos políticos, en contra de los resultados de los cómputos distritales de las elecciones federales.
El número de juicios de inconformidad recibidos representa un incremento de más de 300% respecto de las últimas dos elecciones federales, ya que en el año 2009 se presentaron 13 juicios y en 2012 un total de 20.
Por otra parte, en el marco del Proceso Electoral Federal 2014-2015, específicamente del primero de enero al diez de junio, la Sala Regional Guadalajara resolvió 11, 489 asuntos, de los cuales: 18 son asuntos generales (AG), 11,318 juicios ciudadanos (JDC), 110 juicios de revisión constitucional electoral (JRC), 1 juicio de inconformidad (JIN), 13 juicios electorales (JE), 6 juicios para dirimir los conflictos o diferencias laborales (JLI), 22 recursos de apelación (RAP) y 1 recurso de revisión (RRV).
La Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LEGIPE) establece que la demarcación de los distritos electorales federales se realiza por el Instituto Nacional Electoral (INE) con base en el último censo general de población y los criterios generales determinados por su Consejo General.
El Consejo General del INE, aprueba la distribución de los distritos electorales entre las 31 entidades federativas del país y el Distrito Federal, dando lugar a la existencia de 300 distritos electorales uninominales.
Así, 200 Diputados se eligen por el principio de representación proporcional, donde el Consejo General del INE aprobó, en su caso, previo al inicio del proceso electoral, la conformación de las cinco circunscripciones electorales plurinominales en todo territorio nacional (Artículo 214 de la LEGIPE).