Homicida de mujer es sentenciado a 37 años y medio de prisión

Una pena de 37 años y seis meses de prisión, fue la sentencia condenatoria que le fue impuesta a Álvaro Octavio Rubio Moreno por el delito de homicidio con penalidad agravada en perjuicio de su esposa Yuriana Sarahí Vega Rodríguez.

La Fiscalía Especializada de la Mujer presentó los elementos, las declaraciones, entrevistas, imágenes, pruebas científicas, periciales, así como reportes policiales, estudios y análisis, los cuales fueron contundentes para que una Jueza Unitaria emitiera el fallo.

La Ministerio Público presentó una carpeta de investigación social que establece que la madrugada 13 de abril del 2013, en el domicilio conyugal de la familia Rubio Vega, que se ubica en el Fraccionamiento Romanza, el sentenciado atacó a la víctima con un martillo, produciéndole heridas en la región cefálica, que a la postre le causaron la muerte.

Posterior a ello, cubrió el cuerpo de la occisa con cobijas, trasladándolo al kilómetro 1 de la carretera a Aldama, llevando consigo a su hijo de tres años de edad, lugar donde depositó el cuerpo, para luego producirse lesiones con un desarmador y pedir auxilio.

Una vez que acudió la autoridad, localizaron el cuerpo de la víctima, a un lado Álvaro Octavio Rubio Moreno con diversas lesiones y al menor, mismos que se encontraban en un vehículo Dodge, caliver de color Guinda con una cartulina con la leyenda “Vamos por ti Manuel Vega deja de vender carros, esto solo fue una advertencia”.

Agentes de la Policía Investigadora desarrollaron un trabajo de campo y gabinete, en la cual obtuvieron suficientes elementos para declinar la versión que el hoy sentenciado manifestó en un inicio, en la que hizo creer que todo el hecho estaba relacionado con el crimen organizado, situación que estaba llena de contradicciones, además de encontrar evidencias científicas que fueron contundentes para incriminar a Rubio Moreno, por lo cual fue detenido en el término de la fragancia.

Basada en la argumentación de esta Fiscalía, la Jueza estableció que en el delito se suman la as agravantes de a título de dolo, intencional, con ventaja y traición; además, la agente del Ministerio Público expuso las pruebas que son incuestionables por el modo, tiempo y lugar, así como relatos precisos que resultaron veraces.

Al término del debate y los alegatos de clausura, la Jueza di a conocer el veredicto, imponiendo una pena de 37 años y seis meses de cárcel en contra de Rubio Moreno por los hechos antes descritos.